Mutantes y flautistas
El artículo que trata sobre los animales vertebrados no domésticos, en concreto en lo referente a las ratas y a las culebras, resulta preocupante
Higinio Priede Gutiérrez
Martes, 7 de marzo 2023, 07:13
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Higinio Priede Gutiérrez
Martes, 7 de marzo 2023, 07:13
Ante la nueva Ley de Bienestar Animal, aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 9 de febrero a propuesta de la ministra de ... Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, caben diversas consideraciones.
Al leer tal propuesta, me ha creado preocupación como médico y ciudadano por el contenido de diversos apartados. Uno de ellos es el que hace referencia a la aplicación del Código Penal del artículo 337 de dicha Ley. En dicho artículo se trata sobre los animales vertebrados no domésticos, su protección y las sanciones que conlleva, en concreto en lo referente a las ratas (múridos) y a las culebras. El Consejo del Poder Judicial ya comentó en noviembre que plantea problemas importantes para conciliar la protección de estos animales con la protección de bienes jurídicos como la salud pública o el medio ambiente.
Sabemos que las ratas pueden transmitir una serie de enfermedades. Están incluidas como reservorios de enfermedades zoonóticas. Las enfermedades que pueden transmitir son: la leptospirosis y enfermedad de Weil, el Hantavirus, Tularemia, Peste bubónica, Toxoplasmosis, Samonelosis, Fiebre por mordedura de rata, Tifus, Parásitos internos y Parásitos externos. Algunas de ellas causantes de millones de muertes en la Edad Media, la peste.
Estos múridos (ratas y ratones) se reproducen con una celeridad pasmosa. Cada camada es de media 11 crías y cada rata hace unas seis a ocho camadas al año. Lo significativo es que las ratas hembras a los 20 días están en disposición de reproducirse. Si acompaña unas condiciones ambientales idóneas, de temperatura seca y un habita insalubre donde alimentarse, su crecimiento es exponencial. A las culebras les pasa algo parecido, pero su reproducción es menos explosiva.
Por otra parte se reconoce que ya hay más de 4,8 millones de personas en España que viven en situación de pobreza prolongada. Esto afecta a sus condiciones de alimentación, que puede conllevar desnutrición y situaciones de falta de higiene adecuada y ambientes de insalubridad ambiental en las que pueden convivir. Muchísimas personas de estas, viven lo que se ha denominado 'pobreza energética'. Digo esto porque la pobreza energética acentúa la exposición a plagas de insectos y roedores entre la población mas vulnerable. Según los estudios al respecto, casi siete millones de personas padecen una situación de pobreza energética en España. EZSA Sanidad Ambiental constata, después de analizar cientos de casos en situaciones muy diversas, que la pobreza energética lleva a reducir al mínimo el uso de la energía, el uso de calefacción, lavadora y la protección de los alimentos a través de los frigoríficos, etc. En la practica se traduce en el aumento de sábanas y ropa sucia, ausencia de higiene corporal, alimentos en mal estado, en definitiva, situaciones de insalubridad. El entorno se vuelve insalubre y la presencia de plagas puede ser un hecho si no se actúa. La red de alcantarillado, los parques públicos, y las zonas de acumulación de basuras son propicias para la multiplicación de ratas, ácaros, chinches, cucarachas etc. En el medio rural, donde es muy difícil 'poner puertas al campo', ocurren a veces situaciones propicias y difíciles de controlar a dichos animales.
La aplicación del articulo 337 tal como se ha aprobado en el Congreso y en espera en el Senado, abre las puertas a que si maltratas o matas a ratas o invertebrados no domésticos (500 especies hay en España), puede ser sancionado con multa o penas de prisión según la interpretación que pueda darle la justicia.
Esta nueva Ley ha sido impulsada por Podemos con el apoyo del PSOE. Es decir, entre Mutantes y Flautistas de Hamelin.
Médico
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