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Impulso a la orientación educativa en Cantabria

Miércoles, 15 de enero 2020, 07:25

Se cumplen veinte años desde que la LOGSE, en octubre de 1990, en su Título IV art. 60 reconociera la orientación académica, psicopedagógica y profesional de los alumnos, como uno de los factores prioritarios para favorecer la calidad y la mejora de la enseñanza. ... De esta manera, se ampliaba el carácter instructor, en la función docente, para introducir el derecho del alumnado a que se le facilitara el desarrollo personal, se le valorara en sus diferencias y se le asesorara de sus posibilidades académicas y profesionales. La LOE, en mayo de 2006, asumía, en líneas generales lo anterior y, a los dos años, la Ley 6/2008 de Educación de Cantabria en su Título III sobre la Orientación educativa y los artículos, del 92 a 99, establecían los aspectos generales, estructura, organización y coordinación de actuaciones. Este reconocimiento iba acompañado de la creación de la figura del orientador y de los departamentos de orientación en el caso de Secundaria, diferenciados de los departamentos de coordinación didáctica. Y lo que a mi entender es más importante, la fundamentación de que todo el sistema se debía apoyar en la compensación de las desigualdades contribuyendo a la equidad e igualdad de oportunidades, a la atención a la diversidad y a la potenciación de la labor tutorial.

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