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En el BOE-B-2023-1428, del 17.01.2023, ha sido publicado este anuncio de la Demarcación de Costas en Cantabria para Información Pública ... del desmantelamiento del espigón en la playa de la Magdalena. Dice así: para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 98.4 a), del RD 876/2014, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Costas y del artículo 36 de la Ley 2013, de 9 de octubre, de Evaluación Ambiental, se somete a información pública por plazo de 30 días, contados a partir del siguiente al 12.01.2023, el desmantelamiento del espigón de playa de la Magdalena, en término de la ciudad de Santander, así como su estudio de impacto ambiental.
Este anuncio es un oxímoron. Es más, aquellos ciudadanos que presenten alegaciones impugnando la demolición verán desestimadas sus pretensiones al estar la decisión política, que no técnica, ya tomada. A desgranar ante la opinión pública este estado de cosas nos encaminamos ahora. Hace cinco años, el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, del que depende Costas, previo informe del Instituto de Hidráulica a favor de las escolleras como solución más ventajosa para el mantenimiento del arenal, aprobó ambas, una donde está, frente al balneario, y otra en Los Peligros. Aquella primera escollera sigue garantizando su defensa y la de los inmuebles a pie de playa, consiguiendo la adhesión del Ayuntamiento. Al ser construida la primera, una panoplia de formaciones, colectivos, entidades y plataformas se opusieron mediante concentraciones playeras, implementándolas con artículos de prensa, muy loable pero con un problema que no corrige el anuncio del BOE: no presentaban alternativas que mejorasen la demolición. Ante su falta de soluciones dijeron que fuesen otros, más expertos, los que las presentasen, ignorando que una institución tan prestigiada como el Instituto de Hidráulica –del que echo de menos que siga silente– ya hizo un pormenorizado estudio medioambiental concluyendo que ambas escolleras eran lo más seguro para la defensa del arenal.
El Ayuntamiento se volvió atrás al tener en cuenta la oposición de un ciudadano. La contradicción del anuncio de Costas viene dada al afirmar que el desmantelamiento se hace en base al artículo 36 de la Ley 21/2012, de 9 de octubre, de Evaluación Ambiental, pero su titular de la competencia parece olvidar que, precisamente, si fue construida la primera escollera era porque existían informes técnicos que avalaban tal evaluación ambiental. Tan así fue que se autorizó a construir ambas defensas, y al ser levantada la primera fue cuando Costas, Ayuntamiento y distintos colectivos dieron marcha atrás al decir era un adefesio. Sin embargo, esa fealdad fue la que en un temporal de enero de 2021 protegió la zona del balneario, que no sufrió desperfecto alguno; contrariamente, al no estar levantada la segunda escollera en Los Peligros, aquel temporal destrozó de cuajo el arranque de la escalera que sube hasta Reina Victoria. Al despropósito del anuncio se une el hecho de que la construcción de la escollera ha supuesto para el bolsillo de los ciudadanos un coste nada desdeñable, que el acarreo de material de la segunda y su posterior retirada ha supuesto otro coste del que nadie se ha hecho responsable y ahora, si no hay nada que lo impida, la demolición de la actual supondrá un tercer coste. Es como lo de Vuelta Ostrera.
La pregunta es: ¿pero no hay nadie que ponga coto a tanto despropósito? Una vez sea demolida la única defensa construida y la playa dejada a su libre albedrío, cuando toque hacer rellenos habrá otro problema: saber quién ostenta la titularidad de la competencia, Costas o Ayuntamiento, y el resultado es que el vertido de arena quedará sin hacerse y la playa irá menguando hasta quedar inhabilitada. Finalmente, Señor Osorio, las cosas han llegado a tal punto que, al margen de la información pública, legal y legítima en sí misma aunque errónea, una de dos: o se nos propone a los ciudadanos una alternativa técnica que mejore el resultado de lo construido o, contrariamente, someta tal demolición a una consulta popular para que la ciudadanía pueda optar entre preservación o demolición. Como conclusión, no solo es la Magdalena. Hay cambios de playa en la Primera y la Segunda, pero también en los médanos de Somo y el sistema dunar de Liencres. Tampoco se entiende que esta actuación sea publicada en el BOE en fecha 17.01.2023 y la fecha de presentación de alegaciones se retrotraiga a cinco días antes, al 12.01.2023, cuando lo reglamentario es que el cómputo de términos y plazos empiece a contar a partir del día siguiente a su fecha de publicación en el BOE. De lo que usted haga ahora dependerá si su paso por esta Demarcación va a ser recordado de una u otra forma. Pero este artículo es una enmienda a la totalidad del intento de demolición. Solo un milagro puede evitarlo y en mi caso creo en ellos.
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Ana del Castillo
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