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Los medios de comunicación se vienen haciendo eco estas últimas semanas de la decisión de las autoridades penitenciarias catalanas de dar beneficios carcelarios a los lideres del llamado 'proceso catalán', condenados en octubre del pasado año a penas que llegaron hasta los trece años de ... prision para quien fuera vicepresidente de la Generalidad de Cataluña, señor Oriol Junqueras, los cuales ya gozaron en su etapa de prision preventiva de unos privilegios penitenciarios que otros presos ingresados en las mismas cárceles catalanas no disfrutaron, ni tampoco lo hacen en la actualidad.
Esta política discriminatoria en favor de quienes forman parte de las familias dirigentes de Cataluña tuvo ya un precedente en el caso de Oriol Pujol, hijo de quien durante muchos años presidió la Generalidad de Cataluña, al cual se le permitió salir de la prision en la que cumple condena por corrupción tan solo 57 días después de su ingreso en el centro penitenciario.
La transferencia de las competencias penitenciarias a Cataluña ha permitido visualizar el uso que los responsables políticos que gobiernan esa comunidad hacen de los mecanismos que la legislación prevé, de forma más o menos excepcional, para favorecer a compañeros de partido o líderes afines a su ideología política, tanto hayan sido condenados por graves delitos contra el Estado, como es el caso de los anteriormente citados, como a los que simple y llanamente aprovecharon su pertenencia a una élite política o social para, sin pudor ni vergüenza, sacar a espuertas el dinero ilícitamente obtenido hacia los distintos paraísos fiscales que en el mundo existen.
Sería por ello aconsejable modificar la actual legislación para que, sin necesidad de devolver en su totalidad al Gobierno Central las competencias cedidas a Cataluña en materia de prisiones, los delitos que sean competencia de la Audiencia Nacional y los que por su carácter político inicialmente correspondan al Tribunal Supremo o al correspondiente Tribunal Superior de Justicia, como serían los de un parlamentario nacional o determinados cargos autonómicos, tuvieran que cumplir sus penas en establecimientos penitenciarios dependientes del Gobierno Central y no de la Comunidad Autónoma, evitando así favoritismos, como los anteriormente citados, y con ello el escándalo de que condenados por graves delitos contra el Estado sean enviados a prisiones dirigidas por correligionarios políticos que les conceden privilegios que el resto de reclusos no pueden gozar.
Este reparto de competencias permitiría visualizar mejor al Estado en Cataluña, lo cual debiera ir acompañado de otras medidas dirigidas en tal sentido, como es el incremento de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, policia nacional, guardia civil, ejército y marina, vigilancia aduanera, alta inspección de educación, etc, dotando a todos ellos de los acuartelamientos, centros oficiales y residencias, que no solo permitan la prestación a los ciudadanos del correcto servicio que a cada uno de ellos corresponde, sino que ademas visualice con claridad, y maxima dignidad, su presencia en la Comunidad.
Igual cabe decir del resto de servicios y competencias que corresponden a la Administración General del Estado en Cataluña, coordinadas todas ellas por una Delegacion del Gobierno con gran fuerza política y alta capacidad de gestión, a la que se le debe dar el rango y visualización máxima, comenzando por su propio nombre, evitando ser confundida con órganos de igual nombre de la Administración Regional, cuando no aparentemente subordinada a otros análogos existentes en los niveles provinciales de la citada Administración, pues en castellano 'Subdelegación del Gobierno' siempre sonará de inferior nivel que 'Delegacion del Gobierno' y aunque ello parece que carece de importancia, en la práctica si que la tiene, y mucha, pues de lo que se trata, por quienes así lo deciden, es de minimizar el nivel y categoría de los órganos administrativos y políticos del Gobierno Central para resaltar los que corresponden a la Administracion Autonómica.
Clarificar, por ello, las competencias de la Comunidad Autónoma de Cataluña y las del Gobierno Central es fundamental para lograr un equilibrio que permitiendo el máximo autogobierno por parte de la primera, como administración más cercana al ciudadano. También para garantizar la adecuada homogeneidad de todos los servicios y derechos que corresponden a todos los ciudadanos, a realizar por la segunda, ejerciendo para ello la pertinente coordinación, y en lo que proceda supervisión, de las administraciones autonómica y local, además de realizar por sí misma las competencias exclusivas que le son propias, desarrollando éstas en todo su potencial, y por ello sin delegar las mismas en la Comunidad Autónoma. Lo expuesto anteriormente es igualmente válido para el País Vasco, Comunidad que está ahora negociando, entre otras muchas, la transferencia de las competencias penitenciarias –con la incidencia que ello tendrá en el ámbito de los presos etarras– y con cuyo ejercicio el PNV seguro que cerrará el círculo de relación que tradicionalmente ha mantenido con los chicos 'descarriados' del nacionalismo.
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