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El titular del Juzgado de Instrucción Nº 4 de Santander, Luis Enrique García, ha concluido la instrucción de la causa abierta contra el monitor de Villaescusa, R.J.R., acusado de grabar con su móvil a jugadoras de fútbol en un vestuario deportivo y ha acordado ... procesarle por 46 delitos contra la intimidad y uno de corrupción de menores.
Tras examinar el terminal, se encontraron 36 grabaciones de jugadoras, algunas menores de edad, mientras se duchaban o se cambiaban de ropa después de entrenamientos y partidos. También se halló material pornográfico con niñas descargado de internet.
En un auto que ha dado a conocer el TSJC y contra el que cabe recurso, el magistrado manifiesta que existen «indicios racionales de criminalidad» contra esta persona, a la que se atribuyen 46 delitos contra la intimidad en concurso con un delito de corrupción de menores, y ordena el traslado de las diligencias a las acusaciones –Fiscalía y 29 acusaciones particulares-, con el fin de que formulen escrito de acusación o sobreseimiento, o bien soliciten nuevas diligencias.
Según sostiene el instructor, «constan en la causa motivos bastantes para continuar las actuaciones frente al investigado, a quien le ha sido ocupado, tras el examen del terminal que se le incautó, diversos archivos, en concreto 34 videos más, con 46 víctimas en total». Estos hechos se produjeron entre abril y agosto de 2024, cuando fue sorprendido mientras grababa dos videos a las jugadoras del equipo visitante.
Por ello, el investigado, «lejos de un acto ocasional, ha venido, en ejecución de un plan predeterminado, constante y casi obsesivo, grabando a las jugadoras que usaban los vestuarios». Además, «por los citados vídeos y por los hallazgos del móvil con pornografía descargada de internet, muestra predilección por las menores de edad», añade el auto.
Así, el magistrado ordena la tramitación de las diligencias por los trámites del procedimiento abreviado por si los hechos objeto de investigación fuesen constitutivos de 46 delitos contra la intimidad en concurso con un delito de corrupción de menores. Asimismo, acuerda que se comunique a la empresa para la que trabajaba el investigado su condición de responsable civil subsidiario, ya que este «comete los hechos mientras está contratado por esta entidad precisamente para prestar servicios en las instalaciones deportivas» donde se producen las grabaciones.
Esta resolución no es firme, ya que contra la misma cabe la interposición de un recurso de reforma ante el propio magistrado o bien de apelación ante la Audiencia Provincial de Cantabria.
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