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La Audiencia Provincial ha emitido el fallo en el que condena a penas de entre dos y seis meses de cárcel a cuatro de los ... seis acusados de apropiarse del dinero de los talonarios del aparcamiento de pago municipal de Santillana del Mar. Además les impone una pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el derecho de sufragio pasivo por periodo máximo de un año y seis meses hasta cuatro, en los casos más leves. Es decir, ninguno de los cuatro autores confesos entrará en prisión. Además queda probado para el tribunal, en consonancia con lo dicho por el jurado, que los otros dos trabajadores, Rafael Calleja (delegado sindical de USO) y David Abascal (miembro también del comité) son totalmente inocentes.
A los seis trabajadores municipales se les imputó un delito de malversación de caudales públicos por apropiarse de una cantidad indeterminada de talonarios (desaparecieron 128 según la sentencia) de 100 tiques de estacionamiento cada uno y que los condenados (según ellos mismos reconocieron) cobraban a razón de dos euros quedándose después los importes que no se ingresaron en la cuenta municipal.
Así, la Audiencia considera como «hechos probados» que los acusados Antonio Ruiz, Epifanio Puente y Manuel Ruiz, todos ellos contratados como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Santillana, tenían encomendada la labor de controlar el acceso de vehículos y cobrar la entrada al aparcamiento en el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 28 de septiembre de 2016. También estaba en su cometido el ingresar en la cuenta municipal las cantidades percibidas. La Audiencia relata en el auto que también está probado que los acusados «con animo de enriquecimiento propio» durante el mes de julio y parte de agosto de ese año «se apoderaron en diversas ocasiones de talonarios que se encontraban en las instalaciones del ayuntamiento «quedándose con parte de las cantidades que diaria o semanalmente debían ingresar». Por otro lado, también se considera probado que el cuarto acusado y condenado, Roberto Pérez que, en ese momento era Policía Local en la villa, «se apropió de varios talonarios «con el fin de entregárselos a Epifanio Puente acordando repartir entre ellos las cantidades obtenidas». Según se explica, en el Ayuntamiento existían entonces depositados 1.100 talonarios numerados, componiéndose cada uno de ellos de 100 tiques. El asunto sale a la luz, cuando se detecta en el Ayuntamiento la falta de 80 de esos talonarios que no habían sido entregados a ninguno de los trabajadores encargados del aparcamiento. Tras ello se detecto la ausencia de otros sesenta más «sumando un total de 128 talonarios desaparecidos».
También relata la sentencia que, una vez descubiertos los hechos por el Ayuntamiento de Santillana, los acusados procedieron a devolver los talonarios que «habían obtenido de forma irregular». Asimismo, los seis acusados entonces devolvieron ocho mil euros al Consistorio. No obstante, los dos operarios absueltos ya declararon en su momento que se vieron obligados a aportar el dinero por la presión, pero dejando constancia de «no estar conformes» con la acusación.
Respecto a las penas impuestas a los tres encargados del estacionamiento y el agente, las mismas contemplan atenuante de dilación indebida y reparación del daño. Por ello, en las penas impuestas a los operarios se les condena a penas dispares. Por ejemplo, a Roberto Pérez, Manuel Ruiz y a Epifanio Puente se les condena a dos meses y 15 días de prisión cada uno, más inhabilitación especial para cargo o empleo público de cuatro meses y 15 días. En los tres casos la pena de prisión se sustituye por una multa diaria de cuatro euros, además de tener que abonar una sexta parte de las costas judiciales.
En el caso de Antonio Ruiz, a éste se le condena a seis meses de prisión e inhabilitación por un año y seis meses. No obstante, el fallo contempla la suspensión de ejecución de la plena condicionada a que no cometa ningún delito durante dos años. También tendrá que abonar las costas.
Respecto a los dos trabajadores absueltos, la Audiencia explica en el fallo que no tendrán que abonar las partes del juicio que les corresponden y que estas se abonarán de oficio.
Cabe recordar que solo estos dos operarios defendieron en todo momento su inocencia, mientras que los otros cuatro enjuiciados sí reconocieron los hechos denunciados y descritos ahora por la Audiencia aceptando, en el arranque del juicio popular, condenadas de hasta seis meses de prisión, tras el pacto entre las partes y al bajarse las reclamadas inicialmente al aplicarse las atenuantes de confesión, reparación del daño -devolvieron los talonarios sustraídos y el dinero- y dilaciones indebidas, en una causa iniciada en el año 2017.
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