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SHEILA IZQUIERDO
bezana.
Viernes, 25 de marzo 2022, 07:22
El Ministerio del Interior ha declarado la extinción de la Agrupación De Vecinos Independiente de Santa Cruz de Bezana (ADVI), que lidera la concejala ... Milagros Bárcena, debido a que esta formación no ha adaptado sus estatutos a la Ley Orgánica de control de actividad económico-financiera que se exige a todos los partidos políticos. La resolución, a la que ha tenido acceso El Diario Montañés, se fundamenta en la sentencia firme emitida el pasado 22 de febrero por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 10 y obliga ahora a Bárcena a pasarse al grupo mixto (no adscrito).
La hasta ahora portavoz de la Agrupación de Vecinos Independiente del municipio ya ha comunicado la noticia a la Corporación municipal. Su formación fue legalmente inscrita el 29 de enero de 2003 y, desde entonces, ha venido obteniendo representación en el Ayuntamiento. Ha llegado, incluso, a formar parte del equipo de gobierno municipal en la pasada legislatura con dos concejales. En los últimos comicios, ADVI obtuvo un solo concejal y, desde entonces, es una de las fuerzas que integran la oposición en el Consistorio de Santa Cruz de Bezana.
En todo caso, el expediente que declara la cancelación de su formación, sin demasiados precedentes, es suficientemente claro: «Transcurridos tres años sin que se hayan adaptado sus estatutos ni comunicado registro la misma, se iniciará procedimiento de declaración judicial de extinción del partido político, previsto en el artículo 12 bis de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio».
Así reza el expediente firmado por la subdirectora general de Política Interior y Procesos Electorales, Mireya Corredor, en el que, además, hace constar que se procede a la «cancelación de la inscripción» del partido, lo que supone la desaparición del mismo, tras casi veinte años en funcionamiento en el municipio.
Sin embargo, lo que su líder y portavoz no perderá es su acta de concejal, que es personal. De ahí que, Milagros Bárcena pueda seguir formando parte de la Corporación municipal, pero, en este caso, pasando a denominarse no adscrita.
Contra el expediente de cancelación, cabe la posibilidad de interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación.
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