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El dueño del mastín que causó heridas a tres personas en la Mies de Camargo a finales de diciembre de 2023 ha sido condenado por un juez a indemnizar a dos de ellas, las que acabaron en el Hospital Valdecilla, con casi 38.000 ... euros en total, a los que hay que sumar otros 7.244 euros que corresponden al Servicio Cántabro de Salud. El tercer herido se ha reservado el derecho a emprender acciones civiles. Además, el dueño del perro, que no tenía chip, ha sido condenado al pago de una multa de 720 euros. Todo ello como autor de dos delitos leves de lesiones por imprudencia menos grave, según recoge el titular del Juzgado de Instrucción Nº4 de Santander, Luis Enrique García, en una sentencia a la que ha tenido acceso El Diario Montañés. Uno de los denunciantes ha estado representado por la Gestoría Laso-Saro (Sarón).
Según recoge esa resolución, el pasado 26 de diciembre de 2023, un perro mestizo de mastín (cruzado con perro de presa) cuyo guardador era un hombre de 62 años, con domicilio en Santander, se encontraba suelto y sin bozal , tras escaparse de un parcela llamada Mies de Camargo. «El perro se encontraba sin atar, pese a ser de raza peligrosa y la finca carecía de un vallado mínimamente resistente, pues lo había tirado el viento sin que el propietario hiciera nada por reponerlo, pese a que era perfecto conocedor de esta situación».
El citado perro, suelto por las inmediaciones de la finca, atacó y mordió a tres personas y mató a un perro.
En un primer momento, el mastín atacó a otro perro carlino, propiedad de un hombre de 32 años, que, al salir en defensa de su mascota, recibió mordeduras en sus dos brazos y una pierna por parte del primer animal, lo que provocó que tuviera que ser asistido en el Hospital Valdecilla. Su perro no sobrevivió.
Una vez que cesó este ataque, el perro agresor mordió en el brazo derecho a otra persona que iba andando por las inmediaciones de la referida finca, un hombre de 39 años que sufrió lesiones en la mano, el codo y el antebrazo, que le han dejado secuelas psico-físicas, y por las que también tuvo que ser atendido en el Hopistal Valdecilla.
El mastín –que carecía de seguro y fue retirado por Cecapa a sus instalaciones sin que nadie haya reclamado su propiedad– también atacó a un tercer varón que sufrió una mordedura en su pierna izquierda, que le causó lesiones que no precisaron más que una primera asistencia, habiéndose reservado este perjudicado las acciones civiles.
El magistrado apunta en su resolución que la Ley de Bienestar Animal impone la obligación de «adoptar las medidas necesarias para evitar que la presencia, tenencia o circulación de los animales pueda intimidar o suponer peligro, amenaza, daños o perjuicios a las personas, animales o cosas (…)» a aquellos que sean sus «responsables legales y temporales y, en general, a todas aquellas personas que mantienen o custodian animales de compañía o bien disfrutan de ellos». Esto quiere decir que no es preciso acreditar la propiedad del can, sino que basta que se acredite su posesión o custodia, incluso temporal, para que por ministerio legal surjan obligaciones. «Esa condición está plenamente acreditada en en este caso».
Entre los elementos indiciarios que sostienen esta conclusión del juez se encuentran las 13 denuncias registradas en la Policía Local de Camargo «no solo en referencia al mastín sino a otros perros que se encontraron en la finca del condenado por no haber sido debidamente identificados y carecer de seguro».
Además, el condenado reconoció que se le pudo escapar el perro, «quedando acreditada su condición de guardador».
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