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El agente que aprobó la oposición de subinspector en Camargo en 2018 –que ahora ha sido declarada nula dejando en el aire su puesto– confirmaba ... ayer que presentará recurso ante el Tribunal Supremo (TS). Aclaraba, además, que –como la persona que recurrió las pruebas– él también era «una víctima» y cuestiona que el recurrente y su defensa falten «a la verdad» en varios aspectos referidos a los momentos judiciales y a distintas apreciaciones que, entiende, afectan a sus derechos. Por contra, el Ayuntamiento de Camargo «seguramente no recurrirá», según afirmó, a preguntas de El Diario Montañés, el concejal de Seguridad Ciudadana, Íñigo Gómez.
Según el mando policial de Camargo afectado por la sentencia del TSJC que declara nula la prueba psicotécnica de la oposición y obliga a congelar el proceso selectivo en ese punto, él mismo «también es víctima de esa situación no buscada» y pide por ello que «no se pisen sus derechos» ya que son «abundantes las sentencias del Supremo en relación a que un opositor de buena fe mantiene su plaza cuando el proceso selectivo ha sido recurrido por causas ajenas a él», incide.
En este sentido afirma que recurrirá ante el Alto Tribunal la sentencia que da la razón al opositor que echaron en la prueba psicotécnica y que iba, hasta ese momento, primero en todos los exámenes practicados hasta que llegó a la prueba que ha tumbado el TSJC. En ella se venía a interpretar que el aspirante no era apto para el puesto «por no alcanzar el razonamiento verbal y abstracto de la media de la población». Algo que se consideró «inverosímil y poco creíble» por el tribunal, por la alta preparación del aspirante que denunció y ganó en segunda instancia, ya que la primera sentencia dio la razón al Consistorio.
Así lo recuerda ahora el otro afectado por el proceso anulado (el subinspector que superó las oposiciones en 2018), quien afirma que para él también «es una situación muy difícil» de soportar «por la incertidumbre laboral a la que estoy sometido».
También afirma que «no hay ninguna sentencia del Supremo» en todo este proceso y que, por tanto, puede recurrir la resolución del TSJC que anula el veredicto del psicotécnico y encomienda al Ayuntamiento a que el aspirante expulsado pueda acceder a las pruebas físicas. «Es falso que el procedimiento judicial esté finalizado» como, a su juicio, da a entender el opositor que reclamóla prueba. «Cabe la posibilidad y existe el derecho que voy a ejercitar de recurrir en casación al Alto Tribunal», concluye.
En este sentido cabe aclarar que la sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo lo que anula «por falta de fundamentación» son dos recursos de casación interpuestos por el Ayuntamiento y el ganador de la oposición contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJC.
A la par, se queja el subinspector de que «en ningún momento» la sentencia se refiere a él «cuando se dice que al otro opositor no se le da el mismo tratamiento en las pruebas psicotécnicas» como da por hecho la defensa del demandante. En el fallo se pone este argumento de relieve para valorar que la prueba no fue justa, pero lo cierto es que no desvela quién es el aspirante, sí él o un tercero.
Aclaración municipal
Por su parte el concejal de Seguridad Ciudadana, Íñigo Gómez, aclaró ayer que el hecho de no atender de inmediato la ejecución de la sentencia como solicitó en un escrito el denunciante estaba fundamentado en que el proceso no se había culminado y porque el afectado no había pedido aún la misma ante el órgano competente para que éste valorase su ejecución provisional. «Cuando el órgano ordene ejecutar o finalice el proceso lo haremos a la mayor brevedad posible», insistió Gómez. También afirmó que, aunque estaban valorándolo «lo más seguro es que no recurramos» la sentencia.
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