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Una auténtica «pesadilla», así describe un oficial de Policía Local el calvario de cinco años sufridos en demostrar que no era «mentalmente incapaz» para ocupar ... el puesto de subinspector del cuerpo de Camargo y que hubo irregularidades en la práctica de las pruebas, que lo sacaron «injustificadamente» de la carrera opositora cuando iba el primero. Hasta dos sentencias, una del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) y otra del Supremo, avalan que el proceso es nulo y le dan la razón a este agente, obligando al Ayuntamiento a hacerle las pruebas físicas cuyo acceso le impidió el tribunal de aquella oposición en base al argumento «poco creíble» de que no superó un test psicotécnico. El mismo lo declaró no apto para la plaza por «no alcanzar el razonamiento verbal y abstracto de la media de la población».
Lo que indigna al denunciante -y que se deduce del expediente judicial- es que lo declaren no apto al considerar que no está capacitado mentalmente para ejercer ese puesto de mando, cuando tiene una preparación superior a la media de la población. Al respecto, los dos tribunales le han dado la razón ya que consideran «inverosímil» el veredicto de la prueba psicotécnica puesto que, entre otros argumentos, el opositor expulsado en cuestión no solo había superado dos oposiciones similares con las máximas calificaciones, sino que tiene una licenciatura, una diplomatura, un máster para ejercer de profesor, cursos de comunicación y un largo etcétera de galones que demuestran lo contrario.
Sin embargo, el tribunal que, en 2018, juzgó las pruebas no lo vio así. Unos exámenes a los que se presentaron 23 aspirantes de los que sólo tres llegaron al test psicotécnico. Hasta ese momento, el denunciante había obtenido las «máximas puntuaciones» en las pruebas previas seguido por el agente que obtuvo la plaza. La defensa también llama la atención sobre el hecho de que su cliente tuviese que reclamar «cada prueba» porque «o lo puntuaban de menos o no le reconocían los méritos».
En el test psicotécnico en la que expulsan al candidato perjudicado - cuyo dictamen se ha demostrado que no era correcto y que incluso pudo ser arbitrario puesto que sirvió para cribar al opositor mejor posicionado- los juzgadores de instancia de la sala administrativa consideran «no creíble» que el aspirante expulsado no hubiese superado la misma, a juzgar por su demostrable formación y bagaje profesional. «El tribunal se aleja de las advertencias de sus propias bases e impone una rigidez que no es igual para todos los aspirantes, ni encaja en las directrices de interpretación de la propia empresa externalizada», refiere el TSJC respecto al caso. Y es que en el proceso de selección interviene una empresa externa que hace informe de la valoración psicológica de los candidatos para medir las aptitudes profesionales de los mismos y que incluso «saca los exámenes» fuera de la cadena de custodia municipal. Pero lo más «sorprendente» -tal y como describe el TSJC- es que «no se actúa así con el otro participante, al que los resultados inicialmente negativos en aspectos mucho más comprometidos con el perfil profesional para las funciones de mando (apertura mental en concreto) le hubieran dejado fuera de seguir el mismo criterio», remarcan.
La sentencia deja claro, a interpretación de la defensa, que la oposición es «nula», o sea que el puesto de subinspector que ocupa otra persona hace años está ahora en el aire. No obstante, solo les insta a que el aspirante haga las pruebas físicas que le impidieron realizar antes, con lo que ello conlleva de sufrimiento para él, ya que lo obliga a estar permanentemente entrenado, además de la «desventaja» de hacer la misma con cinco años de edad de diferencia (tiene ahora 46), mientras que a los otros dos no se les obliga a repetir.
En este sentido, se ha remitido al Ayuntamiento un escrito pidiendo la ejecución de sentencia y este ha declinado hacerlo porque entienden que el juzgado no ha dado orden de repetir la prueba y que «cabe recurso de casación» por varias de las partes. Opinan -en contra de lo que dicen dos tribunales- «que el proceso selectivo estaba bien hecho». Así lo afirmaba el edil de Seguridad Ciudadana, Íñigo Gómez, que insistió en que «no había dilación» en acatar el mandato del juez para mantener las cosas tal y como están ahora. También precisó que los políticos «no formamos parte de los tribunales calificadores», dijo.
Si hubo trampa o no en la prueba para favorecer a unos candidatos frente a otros no se juzga en este proceso administrativo, pero de dilatarse la ejecución de las sentencias para que su defendido haga las pruebas físicas, el abogado del agente, Darío Miguélez, ya avanza que presentará denuncia por lo penal. «Si lo que pretenden es ir alargándolo artificialmente el asunto por dejar a una persona en el puesto sin proceso selectivo, lo llevaremos a por lo penal», declaró.
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