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Rufino Díaz Helguera y Fernando Muguruza, exalcaldes de Castro Urdiales. Roberto Ruiz
Los abogados de Helguera y Muguruza: «No se ha cometido delito alguno y menos a sabiendas»
Juicio de los 'sobresueldos'

Los abogados de Helguera y Muguruza: «No se ha cometido delito alguno y menos a sabiendas»

Los alcaldes de Castro Urdiales entre 1991 y 2011 están siendo juzgados junto a nueve concejales y un exfuncionario por supuestas irregularidades en ese periodo

DM .

Santander

Martes, 10 de diciembre 2024, 18:00

Los abogados de Rufino Díaz Helguera y Fernando Muguruza, que fueron alcaldes de Castro Urdiales entre 1991 y 2011 y que están siendo juzgados junto a nueve concejales suyos y un exfuncionario por supuestas irregularidades en ese periodo, en la contratación de personal del Ayuntamiento y el pago de retribuciones indebidas, han asegurado que durante sus mandatos «no se ha cometido delito alguno y menos a sabiendas», por lo que entienden que solo cabe la absolución de sus clientes.

Ambos letrados consideran que los hechos por los que están acusados no han quedado probados durante la vista oral, que se celebra en Audiencia Provincial de Cantabria. «Esto no es un plató de televisión» y «no estamos aquí para juzgar sospechas», ha sentenciado Agapito Pastor, representante legal de Díaz Helguera y que también está encausado (fue edil), por lo que se defiende a sí mismo y a otros dos compañeros en el Consistorio: Arantza Gorriarán y Pedro Quintana.

Todos ellos están procesados junto a José Miguel Rodríguez 'KyK', Elisa Dopico, Concepción Carranza, Ana Zubiaurre, Agustín Fernández, Iván González -que fue alcalde, pero desde 2011- y el exfuncionario Gregorio Alcedo. Los que fueran concejales se han sentado en el banquillo por apoyar los presupuestos en 2008 y 2009 obviando reparos del interventor municipal que advertían de pagos ilegales y el trabajador, por el cobro de un complemento personal transitorio.

Por su parte, el abogado de Muguruza ha zanjado que no realizó «contrataciones ilegales ni pagos penalmente punibles», sino que todas sus resoluciones al frente de la Alcaldía se adoptaron conforme a la «estricta legalidad» y no hubo «ninguna arbitraria».

Con estas palabras, ha negado la existencia de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con otro igualmente continuado de malversación de caudales públicos que imputa el fiscal a los doce implicados en el 'caso de los sobresueldos'; ilícitos por los que pide ocho años de cárcel y 29 de inhabilitación a los entonces regidores y cuatro de prisión a los ediles y al empleado público (y 18 y 29 de inhabilitación, respectivamente).

Los abogados de Díaz Helguera y Muguruza han abierto este martes, ante la Sala de la Sección Primera de la AP, el turno de informes de las defensas, después de que el representante del Ministerio Público expusiera las suyas y modificara sus conclusiones iniciales para suprimir el delito continuado de prevaricación que atribuía a los dos alcaldes y considerar lo sucedido un ilícito continuado de prevaricación en concurso con otro continuado de malversación, que sigue achacando a los dos principales procesados -en concepto de autores- y al resto de enjuiciados -como cooperadores necesarios y, por tanto, autores-.

Al elevar a definitivas sus conclusiones, el fiscal entendió que concurre la atenuante de dilaciones indebidas en este procedimiento, que se juzga más de tres décadas después de iniciarse las presuntas ilegalidades (las defensas también aprecian esta circunstancia, pero como muy cualificada, y reclaman ante una eventual condena una rebaja de la misma en dos grados).

Nulidad, prescripción y absolución

Pero, de entrada, lo que interesan es la libre absolución de sus patrocinados, al considerar que la investigación -llevada a cabo por el juez Luis Acayro Sánchez, entonces titular del Juzgado de Instrucción 2 de Castro Urdiales- está viciada de nulidad desde el inicio, por ser «prospectiva», es decir, general y no de hechos concretos.

En este sentido, Pastor ve «muy noble» que se decida perseguir una supuesta corrupción política, pero rechaza que se haga «de cualquier manera», vulnerando -ha dicho- el derecho de defensa. Así, a su juicio, «no basta con tener sospechas» y «no se puede poner el buey delante del carro». También considera que debería aplicarse dicha nulidad por la actuación «extemporánea» del fiscal, por su «pasividad» y «tardanza» a la hora de presentar el escrito inicial, que ha cifrado en más de tres años y que ha considerado «muy grave».

Al margen de estas cuestiones, el abogado y exedil procesado entiende que en base a la prueba practicada durante el plenario no ha quedado acreditado lo denunciado o, en todo caso, los delitos habrían prescrito (caso del exsecretario municipal, César Saiz Alonso, que estaba imputado por un único hecho: intervenir en la contratación de su hija en el Consistorio, obviando su obligación legal de abstenerse; y que quedó absuelto al inicio del plenario).

De cualquier forma, Pastor ha rechazado las irregularidades atribuidas al alcalde en «ninguno» de los contratos a funcionarios y personal laboral y ha negado la existencia de «ningún» reparo en los informes de intervención, así como tampoco a los complementos abonados, contemplados en el convenio colectivo vigente, sino que se trata de «fiscalizaciones a posteriori».

El exinterventor actuó «por venganza»

A sus ojos, el entonces interventor, Fernando Urruticoechea, actuó por «venganza» al considerar que había sido «maltratado» y en base a una «manía persecutoria», ya que «pensaba que todos estaban contra él».

En similares términos se ha expresado la defensa de Muguruza, que también se ha referido al exinterventor, que estuvo de baja «más del 65 por ciento del tiempo» que coincidió con su representado en el Ayuntamiento, periodo en el que -ha comparado- se «negaba» a realizar tareas propias (como las relacionadas con las cuentas) para hacer en cambio informes y reparos, orales y extemporáneos, sin ser «ajeno al descontrol financiero» en el municipio.

Al hilo, este letrado ha señalado que el Consistorio castreño ha sido «fiscalizado como pocos ayuntamientos en España», mientras que el Tribunal de Cuentas lo «revisó y dio la vuelta como a un calcetín», al tiempo que ha sido objeto también de diferentes sentencias pero sin «reproche penal» al alcalde, extremo que no descarta que hubiera podido darse en la jurisdicción social, de cuentas o en el ámbito contencioso-administrativa.

«MUGURUZA SE ENCONTRÓ CON UNA CRIATURA EN PLENO PARTO»

Y tras apuntar que Muguruza se encontró con una situación «lamentable» -que «apocalíptica» como sostuvo el fiscal- cuando accedió al cargo (en 2003), ha valorado que se puso «manos a la obra» para solucionarlo y dio diferentes pasos en esa dirección, pero sin hacer contrataciones ilegales -ámbito en el que «se limitó» a seguir el criterio de los técnicos de recursos humanos- y tampoco sin tener «ninguna responsabilidad» en los pagos.

Pero en caso de que la Sala aprecie actuación delictiva, esta defensa -que ha apreciado en el informe pericial «cierto sesgo» de que sí la hubo- pide igualmente de forma subsidiaria que se aplique la prescripción de las contrataciones enjuiciadas.

De todos modos, ha insistido en que las actuaciones individuales y colegiadas del regidor no hubo «ánimos espurios» ni «vulneración de la ley», sino «todo lo contrario», y ha remarcado que al no existir prevaricación administrativa es «imposible» que este delito esté en concurso medial con otro de malversación. «Es más que evidente que Muguruza no se ha apropiado de patrimonio público», ha zanjado.

Para finalizar, su abogado ha indicado que cuando llegó al Ayuntamiento el alcalde se encontró «una criatura en pleno parto», aludiendo así a la transición de un modelo de administración local «anticuado y obsoleto» a otro nuevo que salió adelante, «con complicaciones de todo tipo», pero que ha permitido «el crecimiento saludable de la criatura» y que, a día de hoy, estén «solucionados todos los problemas e irregularidades»

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