Según ha podido saber este periódico, la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado será la encargada de resolver el recurso del agente, presentado el pasado mes de diciembre.
Después de que la fiscal superior de Cantabria, Pilar Jiménez, concluyera que «no concurre motivo alguno de abstención por parte de Santamaría para asistir al procedimiento de La Loma», el agente (ya retirado) cita en su recurso la respuesta que le dio la Fiscalía de Cantabria a su denuncia, reconociendo que Santamaría se apartó en su momento del caso, «no por existir motivo de abstención, sino debido a un exceso de prudencia, por la amistad que, en su día, unía a su hijo con el hijo de los señores Restegui».
Este guardia civil discrepa con la conclusión de la fiscal superior por varias razones. Primero porque el artículo séptimo del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece que «por el principio de imparcialidad el Ministerio Fiscal actuará con plena objetividad e independencia en defensa de los intereses que le estén encomendados». «Es decir, debe concurrir una plena imparcialidad y no una imparcialidad con matices. Y ninguna interpretación de plena imparcialidad en la actuación de una fiscal es compatible cuando ha habido un apartamiento previo y voluntario en una causa».
El apartamiento previo -dice el agente- adoptado voluntariamente por prudencia, al entender la fiscal Santamaría que la amistad de su hijo con el hijo de los Sres. Restegui comprometía su imparcialidad , «sólo puede interpretarse, precisamente, como un cumplimiento de la garantía del deber de actuar con plena imparcialidad y no como «un exceso de prudencia», figura que «no existe en el ordenamiento jurídico y que en todo caso independientemente del nombre que se le dé implica entender que su imparcialidad estaba comprometida y, por tanto, no permite volver al procedimiento del que se había apartado y revisar todo lo actuado por su compañera al momento en el que se apartó». Además, «cae por su propio peso», según el policía. «En el caso de que se dé por bueno que la amistad sea sólo entre sus hijos: ¿Es creíble una plena imparcialidad de una Fiscal que tiene que acusar al padre de los amigos de sus hijos? ¿Es creíble la plena imparcialidad de una Fiscal que revisa las actuaciones de su compañera en la fase de instrucción de la que había pedido apartarse?».
El denunciante señala también en su recurso que puso en conocimiento que la amistad era también con los padres, «pero se ha evitado algo tan sencillo como pedir informe a la fiscal que continuó con la causa en exclusiva (María Jesús Cañadas) y al juez instructor (Luis Acayro Sánchez) para esclarecer este hecho». Asimismo, sostiene que un fiscal que pide apartarse de una instrucción, incluso por el motivo que sea pero que es aceptado en su momento por su superior jerárquico, «inevitablemente pierde la necesaria apariencia de imparcialidad con la que debe actuar en dicha causa».
Más testigos
Al margen de este asunto, este jueves se celebró la vigésimo tercera sesión del juicio de La Loma con la comparecencia de tres testigos. Declararon el actual secretario-interventor de Juntas Vecinales, Manuel Trigo, y su antecesor, Fernando San Emeterio. Ambos se pronunciaron sobre el conflicto que existe con los caminos vecinales que reclama la Junta de Santullán y que Castro dice que son suyos.
Para la Fiscalía no hay nulidad porque «no hay indefensión»
La Fiscalía de Cantabria comparte la decisión de la Sección Tercera de la Audiencia provincial de rechazar «de plano» la petición de nulidad parcial del juicio de La Loma, formulada la semana pasada por la Junta Vecinal de Santullán (acusación particular), por no haberse incorporado a la causa informes recientes del Ayuntamiento de Castro en los que la fiscal del caso se apoyó para retirar los cargos a 39 de los 45 acusados. «La nulidad debe estar basada en la indefensión y aquí no se produce indefensión a nadie», afirmó a Europa Press la fiscal superior de Cantabria, Pilar Jiménez, quien explica que la petición de la Junta de Santullán se refiere a «un documento consistente en una certificación del Ayuntamiento de Castro Urdiales sobre cómo estaba la situación actual» en La Loma. Un documento que según precisan desde la Fiscalía, «presentó la acusación que representaba a unos 150 perjudicados, a la que hizo referencia el letrado de éstos cuando se retiró, y que, al parecer no se unió al pleito, pero sobre el que su contenido ya ha salido en la vista a través de la prueba testifical».
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