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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº1 de Castro Urdiales ha decretado el archivo de la causa sobre las supuestas irregularidades electorales cometidas por tres trabajadoras del centro asistencial La Loma, que en las pasadas elecciones de 2023 trasladaron a los internos al lugar de la votación, en la pedanía de Sámano, para ejercer su derecho de voto. La Fiscalía de Laredo abrió diligencias de investigación a raíz de que una usuaria entregase un escrito a la interventora del PSOE el día de las elecciones, en el que denunciaba que las trabajadoras del centro de mayores les habían llevado a votar al PRC, cuyo candidato entonces, Jesús Gutiérrez, era el gerente de la residencia. Una vez conocidos los hechos, la Guardia Civil elaboró un informe que fue remitido a la Junta Electoral de Zona de Laredo, que a su vez lo trasladó al Ministerio Público.
El asunto despertó cierta alarma en la localidad por la supuesta «coacción» ejercida por las tres empleadas investigadas. Sin embargo, una vez se ha tomado declaración tanto a los internos como a varias personas que participaron en el proceso electoral, el juez entiende que «no hay, en ningún caso, más allá de la carta, instrucciones de ningún tipo ni indicaciones de a quién votar en las elecciones por parte de las trabajadoras del centro, no constando tampoco interés en ello». Un extremo que, reza el auto, «ha sido corroborado por declaraciones de los propios internos que tenían capacidad plena».
En el auto emitido por el Juzgado de Instrucción Nº1 de Castro Urdiales, se establece que el día 28 de mayo, «desde el centro asistencial La Loma se establecen dos grupos para ir a la votación de las elecciones, según capacidad de movilidad, yendo en ambos grupos las tres investigadas en la causa». En un primer grupo -continúa la resolución judicial- «van los residentes con capacidad para caminar y movilidad, el resto acude en una furgoneta del centro y en un coche aquellos con movilidad más reducida». Las empleadas «entregan los documentos de identidad a los residentes antes de acceder al colegio electoral, yendo éstos solos a votar». Tan solo una de las trabajadoras se vio impelida a acceder al polideportivo para ayudar a alguno de los residentes por su reducida movilidad«. Todo esto, »sin tener en ningún momento el voto en la mano la trabajadora ni darle el voto al usuario en cuestión«. El juez señala, de hecho, que la investigada actúa precisamente por no haberse adaptado correctamente las instalaciones para facilitar el voto a todas las personas.
Por todo ello, concluye, «no puede considerarse que se hayan producido irregularidades electorales, aún menos que merezcan de la calificación de hechos delictivos, por lo que no es posible continuar con el procedimiento contra las investigadas por entender que no han cometido hechos delictivos conforme a las diligencias practicadas», por lo que procede al sobreseimiento de la causa. Contra el auto cabe interponer recurso de reforma o de apelación.
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