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Abel Verano y agencias
Castro Urdiales
Martes, 26 de noviembre 2019, 10:52
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha decidido mantener a la Junta Vecinal de Santullán en el juicio del 'caso La Loma' al considerar que está legitimada para ejercer la acusación particular. Asímismo, ha desestimado la solicitud de nulidad del procedimiento ... y, finalmente, serán trece los acusados, y no solo seis como hubiera ocurrido de apartar a la pedanía castreña. Así pués, el juicio sigue adelante tras descartar la sala la nulidad de la instrucción, en la que reconoce que se ha producido «alguna pequeña irregularidad procesal».
Al mantener a la pedanía, la lista de acusados será la siguiente: los exalcaldes de Castro, Fernando Muguruza y Rufino Díaz Helguera, el exsecretario municipal, César Saiz; el exarquitecto Pedro Restegui, la técnico municipal, Yolanda Sánchez y el arquitecto Valentín Galdós. A ellos se sumarán los exconcejales Jaime Díez Muro, Concepción Carranza, José Miguel Rodríguez 'KyK', Santiago Vélez, Juan Tomás Molinero, Salvador Hierro y la ingeniera municipal Carmen Villanueva.
Una vez despejada esta incógnita, la Sala tiene previsto continuar mañana el juicio tomando declaración a los acusados. A partir de las 10.00 horas declararán el exarquitecto municipal de Castro, Pedro Restegui, y la técnico municipal, Yolanda Sánchez.
La Sala deberá detallar cómo se distribuirán las comparecencias, teniendo en cuenta que el número de acusados se ha reducido considerablemente respecto a los 45 encausados inicialmente.
El presidente de la sala, Agustín Alonso, ha explicado este martes el contenido del auto a las partes, y les ha emplazado a la sesión de este miércoles en la que podán formular protesta si lo consideran oportuno.
En el avance del contenido del auto que resuelve las cuestiones previas, el presidente de la sala se ha mostrado «de acuerdo» con las defensas en la existencia de «alguna pequeña irregularidad procesal» en la instrucción, pero en ningún caso defectos que deban dar lugar a la nulidad del procedimiento, instruido en su mayor parte por el polémico juez Luis Acayro Sánchez, entonces titular del Juzgado nº 2 de Castro.
La sala concluye que «no ha habido una vulneración del derecho a un juez imparcial», como argumentaban las defensas, entre otras cosas porque «han intervenido tres jueces diferentes y todas las resoluciones han sido formalmente correctas». El magistrado ha señalado que es una cuestión previa que en todas las macrocausas se suele alegar por las defensas.
La sala tampoco ha encontrado «elementos que permitan deducir que la investigación haya sido de naturaleza genérica, prospectiva o inquisitiva», como también alegaron las defensas. En ese sentido, el presidente de la Sección Tercera ha explicado que la jurisprudencia del Tribunal Supremo «deja claro que la prospectividad de la investigación se refiere únicamente a vulneración de derechos fundamentales, no en relación a una instrucción o un sumario».
En cuanto a la legitimación de la Junta Vecinal de Santullán como acusación particular, el auto destaca que «ejerce derechos sobre cuestiones que le interesan» como es la invasión de unos caminos en el SUNP 12, y la legislación otorga a las entidades locales las mismas potestades y prerrogativas que los municipios con excepción de la potestad expropiatoria y la tributaria.
Si los caminos son o no de su propiedad, si generaron aprovechamiento y si éste es exclusivo de la Junta Vecinal o no, son cuestiones «de fondo» que tendrán que verse en el juicio y resolvere en sentencia. «Nos lo dirá la prueba», ha explicado el magistrado.
De esta forma, la sala «admite» a la Junta Vecinal como acusación particular, y reconoce su legitimación activa para ejercitar acciones penales en todos los delitos formulados, incluido el de cohecho, con una única excepción, la acusación contra la exconcejala Concepción Carranza por falsedad continuada en documento oficial, que la sala descarta por «extemporánea y sorpresiva», dado que no figuraba en el primer escrito de acusación de Santullán y se formula ahora por primera vez.
Por otro lado, la sala ha acordado «acotar» la prueba y no valorar a efectos probatorios las declaraciones en calidad de testigos de las personas que después fueron imputadas. Y «si no aparece», tampoco valorará el informe patrimonial de rastreo de las cuentas del exalcalde Díaz Helguera, al que la Fiscalía acusa de un presunto delito continuado de cohecho.
El magistrado ha explicado que no han conseguido encontrar la providencia en la que se acuerda que declare como imputado y la orden de que se investigue su patrimonio. «No podemos decir que la prueba sea nula, sería deseable hacer una búsqueda, si no aparece la sala no valorará el informe», ha sentenciado.
Además de las declaraciones de los acusados, el Ministerio Fiscal ha solicitado la comparecencia de 12 personas como testigos (una de ella lo hará como acusada) y 11 peritos. De su lado, la Junta Vecinal de Santullán propone la declaración de 22 testigos y 19 peritos, así como el uso de una nueva aplicación informática del Gobierno de Cantabria que sirve para ver la evolución del desarrollo de los suelos urbanos en los últimos años.
En su escrito de acusación, la Fiscalía pide que se declare la nulidad del Plan Parcial del SUNP-12, del proyecto de compensación, del proyecto de urbanización y de las licencias de obras concedidas; así como la demolición de las viviendas construidas al amparo de ellas (46), y en particular de las están en zona de servidumbre del futuro vial autonómico y de la autovía A-8 (11).
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