El Ayuntamiento de Castro aprueba de forma definitiva las Prestaciones Económicas de Emergencia
Castro Urdiales ·
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Todas las ayudas no podrán superar en ningún caso los 2.000 euros anuales dentro del año naturalEl Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este miércoles la aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza reguladora de Prestaciones Económicas de Emergencia, acordada en Pleno el pasado 10 de febrero. Al no haberse presentado alegaciones o reclamaciones en el plazo ... establecido de exposición pública, el Consistorio cubrirá con estas ayudas las situaciones de carácter extraordinario y coyuntural, no superando en ningún caso los 2.000 euros anuales dentro del año natural.
De este modo, las prestaciones incluidas tendrán como finalidad cubrir situaciones de necesidad, «destinadas a unidades perceptoras en grave riesgo de crisis o desestructuración, debido a una situación puntual de carencia de recursos económicos, no pudiendo cubrir déficits económicos estructurales», señala el BOC, destacando que se entenderán como necesidades coyunturales las «provocadas por la carencia de recursos económicos, que de no ser atendidas, afectarían negativamente a las condiciones de vida de la unidad perceptora».
Así, las prestaciones se otorgarán para alojamiento; alimentación y vestido; educación y transporte. En el caso del alojamiento, para el alquiler se podrá obtener una ayuda por importe máximo equivalente a cuatro mensualidades. Además, para las fianzas de acceso al alquiler de vivienda se podrán dar hasta un máximo de dos mensualidades. Por otro lado, en cuanto al equipamiento del hogar, como grandes electrodomésticos de gama blanca (frigoríficos, cocina y lavadora) y mobiliario de carácter básico (cama y colchón), se dispondrán hasta un máximo de 1.000 euros; para reparaciones extraordinarias y urgentes, necesarias para mantener la vivienda en condiciones de seguridad, higiene y salubridad de carácter primario, siempre que su falta de atención pudiera suponer un riesgo para su vida o su salud, se otorgarán como máximo 1.000 euros; la misma cuantía que para los suministros de electricidad, agua y gas. Por último, para el alojamiento en pensiones, hostales y pisos compartidos se otorgará hasta un máximo del importe de tres meses de estancia, «siempre que se hayan agotado otras vías como casas de acogida u otros recursos disponibles, con el máximo de 2.000 euros».
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Por otra parte, para alimentación y vestido, estas ayudas contribuirán en la alimentación y productos de higiene por unidad de convivencia, por un período máximo de tres meses, según baremo de Renta Social Básica por unidad de convivencia; y el vestido por unidad de convivencia será hasta un máximo de 180 euros.
En cuanto a las prestaciones para educación, éstas contemplan el pago de material escolar en enseñanza obligatoria Primaria, hasta 210 euros por hijo y en Secundaria hasta 240 euros por hijo. También recogen el pago del comedor escolar. «Se pagará como máximo el 25% de la cuota no cubierta por la beca de la Consejería competente en materia de Educación, con una deuda máxima acumulada de tres meses», explica el Boletín, añadiendo que el pago de transporte escolar será hasta un máximo de 2.000 euros, entre otras prestaciones destinadas a la realización de actividades extraescolares.
Finalmente, sobre las prestaciones para el transporte, se recoge el pago de éste para acudir a actividades de formación ocupacional que no puedan acogerse a otro tipo de becas, ayudas o prestaciones, y «siempre que se valore que la ayuda es imprescindible para las circunstancias del caso cuando la formación se lleva a cabo fuera de la localidad de residencia. Estas ayudas se concederán exclusivamente para aquellos expedientes en SSAP, cuya medida se encuentre dentro de un plan de intervención social», matiza el BOC; añadiendo el pago de bono de transporte público durante un máximo de tres meses y si no hubiera servicio público, financiándose hasta un máximo de 0,21 euros por kilómetro durante el mismo período de tiempo, al igual que sucedería con las ayudas para desplazamientos para la tramitación de documentación «con fines de inserción sociolaboral y entrevistas de trabajo para aquellas personas con especiales dificultades de inserción sociolaboral inmersas en un proceso de intervención social llevado a cabo por los SSAP»; y la asistencia médica de Santander, Torrelavega o Laredo de personas víctimas de violencia de género, «a trámites judiciales relacionados con separaciones o divorcios, o bien con procesos penales derivados de la comisión de delitos y faltas relacionados con la violencia de género».
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