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Foto de archivo de un niño manipulando un petardo. P. Bellido
El Ayuntamiento de Castro regula el uso de artículos pirotécnicos de cara a Año Nuevo

El Ayuntamiento de Castro regula el uso de artículos pirotécnicos de cara a Año Nuevo

Los ciudadanos podrán lanzar petardos, tracas, cohetes y bengalas durante Nochevieja desde las 23.30 horas hasta la una de la madrugada

Samira Hidalgo

Castro Urdiales

Miércoles, 23 de diciembre 2020, 14:41

A las puertas del inicio de las fiestas de Navidad, el Ayuntamiento de Castro Urdiales ha comunicado que se ha procedido a regular el uso de artificios pirotécnicos para festejar Nochevieja y Año Nuevo. Así, los usuarios podrán lanzar petardos, tracas, cohetes y bengalas desde las 23.30 horas del 31 de diciembre, hasta las 01.00 horas del 1 de enero de 2021, con el objetivo de «compaginar la seguridad de las personas, bienes y animales con la utilización y/o lanzamiento de diversos artificios pirotécnicos».

De este modo, el Consistorio ha subrayado que fuera del horario mencionado queda «totalmente prohibida» la utilización y lanzamiento de los artículos de pirotecnia, tal y como se recoge en la Ordenanza Municipal de Promoción de Conductas Cívicas y protección de los espacios públicos de Castro-Urdiales. «Fuera de dicho espacio temporal se podrán llevar a cabo las sanciones pertinentes por incumplimiento de la Ordenanza citada», han matizado. Además, el uso o lanzamiento de los elementos de pirotecnia solo podrá realizarse en zonas alejadas de residencias de tercera edad, gasolineras o cualquier depósito de combustible de gas, centros policiales o emergencia y de animales.

«Es necesaria esta regulación, ya que hay que buscar un equilibrio entre la celebración de las fiestas navideñas y el descanso y bienestar de mascotas, personas enfermas o vulnerables a los que estos artificios pirotécnicos afecta de manera muy perjudicial», han declarado desde el Consistorio, pidiendo la «máxima responsabilidad» de los ciudadanos para cumplir con la regulación, evitando accidentes, daños y molestias en el término municipal.

Venta y categorías

En cuanto a la venta de los artículos pirotécnicos, desde el Ayuntamiento se ha recordado que se realizará mediante locales de venta y personas físicas y/o jurídicas autorizadas, «quedando expresamente prohibida la venta ambulante».

Así mismo, a través del correspondiente Bando publicado, ha indicado que los artículos pirotécnicos y cartuchería deben estar marcados con las siglas CE y que se deben utilizar en zonas al aire libre, respetando las instrucciones y distancias mínimas de seguridad de hasta 15 metros.

En este sentido, desde el Ayuntamiento se ha recordado que los artefactos de la categoría F1 se pueden vender a mayores de 12 años. «Son artificios de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante, destinados a ser usados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales», han apuntado.

Sobre los artículos de la categoría F2, que se podrán vender a mayores de 16 años, han matizado que son artificios de pirotecnia de «baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas».

Por último, acerca de la categoría F3, el documento especifica que únicamente se podrán vender a mayores de 18 años, ya que «son artificios de pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana».

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