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El antiguo Santo Hospital Civil de Castro alberga en la actualidad la Residencia Municipal. S. Hidalgo
El comité de empresa de la residencia de Castro insiste en que el Ayuntamiento dejó en un «limbo legal» al personal

El comité de empresa de la residencia de Castro insiste en que el Ayuntamiento dejó en un «limbo legal» al personal

La Sala de lo Contencioso del TSJC avala la oferta de empleo de 2018 convocada por CastroVerde

Samira Hidalgo

Castro Urdiales

Miércoles, 17 de febrero 2021, 10:55

Las trabajadoras de la Residencia Municipal de Castro Urdiales afectadas por la oferta de empleo público extraordinaria de 2018, convocada por el equipo de gobierno de CastroVerde, han insistido en que el Ayuntamiento dejó en un «absoluto limbo legal» al personal después de que este se quedase con el Santo Hospital, haciendo suyo «todo su patrimonio». A través de un comunicado, el comité de empresa ha dado su parecer sobre la sentencia que adelantó este periódico hace dos semanas, en la que la Sala de lo Contencioso rechazaba los recursos presentados por varias trabajadoras «que tienen la condición de personal laboral indefinido no fijo». «Acatamos las decisiones judiciales, como no puede ser de otra manera, pero seguimos sin saber qué ha sido del Santo Hospital Civil, cosa que ningún Juez nos ha explicado», han señalado.

«Seguimos pensando que el Santo Hospital era una entidad del pueblo, financiada con donaciones de muchos castreños, que en el año 2001 fue transformada en un Organismo Autónomo Local y nuestros contratos ya tenían carácter de indefinidos mucho antes de esa fecha», han explicado, haciendo hincapié en que «jamás» fueron contratadas por el Consistorio, que «jamás» se les hizo saber que era una Administración pública y que sus puestos de trabajo, «después de tantos años, los iban a sacar a concurso-oposición».

Además, el comité de empresa ha insistido en que «nadie se ha preocupado, en todos estos años», de su «precaria» situación laboral de la «falta de recursos» ni de la «pérdida» de su salud que «a lo largo de los años se ha producido». «Recuerden a lo que nos dedicamos, a atender a nuestros mayores y personas vulnerables, lo venimos haciendo desde hace cuarenta años, pero seguiremos luchando y, desde luego, pasaremos todos los procesos que legalmente se establezcan para seguir trabajando de la misma manera y que cada uno se ocupe y se preocupe de hacer bien su trabajo», han apuntado, pidiendo que «no se haga un circo político» con sus puestos de trabajo.

Los antecedentes

Como ya explicó este diario, la Sala de lo Contencioso avaló la oferta de empleo público, al rechazar el recurso de apelación presentado por el grupo de trabajadoras. Así el tribunal ratificó la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Número 2 de Santander que en un fallo de septiembre de 2019 desestimó un primer recurso de las trabajadoras «que tienen la condición de personal laboral indefinido no fijo, tal y como consta tanto en los respectivos informes del secretario e interventor municipales». No obstante, a pesar de la resolución en primera instancia, las empleadas de la Residencia Municipal apelaron al entender que se ha producido una «infracción por aplicación indebida del artículo 55 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) e inaplicación de la Directiva 2001/230/CE del Consejo de 12 de marzo».

Por su parte, las empleadas consideran que tienen derecho a continuar con el mismo régimen que dio origen a sus contratos, que tenían la condiciones de indefinidos, y con la misma antigüedad anterior a la transformación de la residencia municipal en organismo autónomo local en 2001 y la misma modalidad de contratos, así como que su puesto no se proveerá hasta que se produzca la vacante, a pesar de que el Convenio Colectivo publicado en el Boletín Oficial de Cantabria en 2016 califique sus puestos como indefinidos no fijos. Sin embargo, la Sala consideró que «no cabe concluir que la contratación fuese indefinida, previamente a constituirse el organismo autónomo local». Asimismo, señaló que «las demandantes no tienen derecho a continuar con el mismo régimen que dio origen a sus contratos indefinidos porque ya se acreditó que eran de una duración determinada».

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