En declaraciones a este periódico, la fiscal superior de Cantabria, Pilar Jiménez, resaltó ayer, en primer lugar, la «profusa y profunda» argumentación de todos los extremos que fueron objeto de debate, y valoró «muy positivamente» la coincidencia del fallo de la Audiencia con el criterio del Ministerio Fiscal en su conclusión definitiva, con excepción de la acusación por los delitos de cohecho. Y, especialmente, apunta Jiménez, al considerar que la dilación en el suministro de agua en el SUNP-3, «se debió a una irregularidad administrativa, subsanada tras la modificación del plan parcial, cuando estaba el procedimiento en fase instructora, y que las actuaciones ilícitas acaecidas en el SUNP-12, se cometieron exclusivamente por aquellos a quienes acusó el Ministerio Fiscal».
En relación con la absolución por los delitos de cohecho, tras el examen de la argumentación de la sentencia, «se ha decidido no recurrir», concluye la fiscal superior de Cantabria.
«Las actuaciones ilícitas en el SUNP-12 se cometieron sólo por aquellos a quienes acusó el Ministerio Fiscal»
Como se recordará, la Fiscalía dio un giro de 180 grados al comienzo del macrojuicio sobre el caso de La Loma al retirar la acusación a 39 de los 45 encausados, en base al «acontecimiento de hechos ocurridos con posterioridad a la formulación del escrito de acusación provisional (2012) y muy fundamentalmente a la intención manifestada por los particulares afectados de apartarse del presente procedimiento penal manifestando que su principal interés fue siempre la no demolición de sus viviendas».
Según apuntó la fiscal del caso, Pilar Santamaría, esta «novedosa circunstancia» hizo que valorase los hechos, también teniendo en cuenta los certificados remitidos por el Ayuntamiento de Castro en los que se daba cuenta de la situación material de varios de los sectores de la causa, los denominados suelos urbanizables no programados, en concreto el Sector 2 del SUNP-3, SUNP-4 y SUNP-7), «que no han sido desarrollados y no han sufrido una variación material y no se ha producido un menoscabo alguno de la ordenación del territorio, así como la situación actual de desarrollo del sector 1 del SUNP 3 y del SUNP-12».
Ante esta situación, Santamaría anunció que se sustraía del escrito de acusación todo lo relativo a estas zonas de Castro, «contrayendo» la causa a los instrumentos urbanísticos relativos al SUNP 12 -lo que afecta a la Urbanización San Pelayo promovida por Sacyr Vallehermoso en la pedanía castreña de Santullán- en lo que hace referencia al informe vinculante de Carreteras y «la posible manipulación».
Ahora, la Audiencia ha anulado el Plan Parcial del SUNP-12 y ha ordenado derribar 11 de los 46 chalés que se construyeron en esa zona de Castro, atendiendo a parte de la petición de la Fiscalía, que solicitaba la demolición de todas las viviendas.
Respecto a las penas de prisión reclamadas por el Ministerio Público por el cohecho, el tribunal considera que no ha quedado acreditado ese delito en la intervención de ninguno de los cinco acusados por este motivo.
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