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La Fiscalía de Cantabria ha decidido recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia del 'caso de los sobresueldos' de Castro Urdiales, en la ... que la Audiencia Provincial absuelve a los dos exalcaldes de Castro, Rufino Díaz Helguera (1991-2003) y Fernando Muguruza (2003-2011); y a los otros diez acusados por supuestas irregularidades en la contratación de personal funcionario y laboral en el Ayuntamiento de Castro Urdiales, así como el pago de retribuciones indebidas a funcionarios y personal laboral.
Fuente del propio Ministerio Público avanzaron ayer a El Diario Montañés que no están conformes con la decisión de la Sección Primera y lo que harán, como es habitual en estos casos, es «anunciar el recurso y preparar un informe que remitirán a la Fiscalía del Tribunal Supremo en Madrid, que será quien tome la última palabra sobre su interposición».
Hay que recordar que la Fiscalía solicitaba penas de ocho años de cárcel para los exregidores Muguruza y Díaz Helguera, y cuatro para los exediles Iván González, Agustín Fernández, Pedro Quintana, Conchi Carranza, José Miguel Rodríguez 'KyK', Agapito Pastor, Arantza Gorriarán, Elisa Dopico, Ana Zubiaurre y el exinterventor Gregorio Alcedo por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación de fondos públicos.
Sin embargo, la Sección Primera no aprecia delito. El tribunal explica que buena parte de las notas e informes del interventor, principal elemento de prueba para la acusación del Ministerio Público, llegaron al procedimiento sin firma, por lo que son copias, no documentos originales. Por eso, advierte de que «ante estas ausencias documentales, esta sala ha optado por no tener por acreditado aquello que pueda perjudicar a los acusados, en virtud de una aplicación básica del principio 'pro reo', en tanto no haya elementos suficientes para considerar la veracidad e integridad de tales resoluciones y demás documentación relacionada». Y añadía que desde el principio de la instrucción obraban las notas de reparo en la causa, «que debían ser la base para investigar lo sucedido, pero difícilmente, por sí mismas, constituyen prueba bastante de los hechos cuando se imputa un delito como el de prevaricación que requiere acreditar los distintos elementos que se exigen para su existencia».
La Sección Primera también descarta la comisión del delito de malversación de caudales públicos. Excluido el delito de prevaricación como medio para la malversación, tampoco encuentra hechos que puedan constituir este segundo delito.
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