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Nuevo capítulo de la polémica suscitada por el convenio de Conservas Lolín con el Ayuntamiento de Castro para que la fábrica se traslade al polígono de Vallegón y en su lugar se construya un centro comercial. Cinco de los seis concejales del PRC ... de Castro (Jesús Gutiérrez se ha abstenido) y los tres ediles de CastroVerde han solicitado conjuntamente un pleno extraordinario para que se someta a aprobación definitiva la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que supone cambiar el uso del suelo donde se ubica la conservera de industrial a comercial, lo que daría vía libre al desarrollo del convenio suscrito.
La Ley 7/1985 de 2 de abril de Bases de Régimen Local establece que el Pleno celebrará sesión extraordinaria cuando lo solicite la cuarta parte del número legal de miembros de la Corporación, que en el caso del Ayuntamiento castreño serían 6 sobre 21. Teniendo en cuenta que son ocho los ediles que solicitan esta sesión, la alcaldesa Susana Herrán tendrá que convocar dicha sesión y la comisión informativa previa donde deberá dictaminarse el asunto.
En un escrito registrado ayer en el Ayuntamiento en el que realizan dicha petición, los concejales del PRC y CV señalan que se les ha entregado un escrito en el que Conservas Lolín pone motivadamente de manifiesto que si por el Ayuntamiento no se procede a cumplir de forma inmediata el convenio firmado mediante la aprobación definitiva de la modificación puntual del Plan General, «la empresa se verá abocada al cierre con el consiguiente perjuicio laboral y patrimonial».
En dicho escrito, presentado en el registro de entrada del Ayuntamiento dirigido a la alcaldesa con traslado a los grupos políticos y a la secretaria municipal, la empresa señala que el Ayuntamiento de Castro se comprometió en su día con Conservas Lolín, mediante la firma y aprobación plenaria del correspondiente convenio, a tramitar «con la mayor diligencia» la modificación puntal del planeamiento general en los términos allí recogidos con el fin de facilitar la continuidad de la actividad y el mantenimiento de los puestos de trabajo de la misma.
«La legalidad de dicho convenio fue ratificada por los tribunales de justicia, tanto en primera instancia como en apelación. Tras la correspondiente tramitación, como modificación puntual del PGOU, el Pleno municipal otorgó las aprobaciones inicial y provisional por entender que el expediente se ajustaba al ordenamiento».
Recuerda la empresa que el pasado 6 de noviembre tiene entrada en el Ayuntamiento castreño el informe favorable de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cantabria (Crotu) «sin establecer impedimento ni requisito alguno». Tras lo cual, los días 2 y 19 de diciembre, la secretaria municipal emite sendos informes en sentido favorable proponiendo la aprobación definitiva de la modificación puntual. No obstante, la citada funcionaria señala que dicha aprobación habrá de ser precedida de la verificación por parte de los servicios técnicos del cumplimiento de los requisitos establecidos en los informes sectoriales emitidos por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar y por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y de la autorización de la Confederación a la cesión del uso del pozo de agua existente en la parcela.
Ante esto, los ocho concejales que han solicitado este pleno extraordinario señalan que tal y como se justifica en el escrito de la conservera, y se confirma por la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Cantabria, máximo órgano urbanístico de Cantabria al que corresponde la tutela legal de las actuaciones municipales en materia de urbanismo, «dichos requerimientos no se consideran como de cumplimiento previo ni por la Crotu, ni por las administraciones sectoriales, ni por el propio Ayuntamiento, sin perjuicio de su correcta cumplimentación a posteriori, si fuese procedente, con ocasión de la aprobación de los proyectos de obra que el Ayuntamiento deberá controlar adecuadamente».
Por otro lado, Conservas Lolín advierte en su escrito de las responsabilidades administrativas, penales o patrimoniales, en caso de no convocarse el pleno, la no asistencia a la sesión o asistir absteniéndose o votando en contra con el fin de impedir el acuerdo, o informando de forma desviada o cambiando de criterio, «debido a que se puede lesionar el bien jurídicamente protegido en el ámbito penal».
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