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El titular del Juzgado de lo Contencioso Número 2 de Santander, Luis Acayro Sánchez, ha concedido un día al Ayuntamiento de Castro para que diga si va a cumplir la normativa vigente y va a ordenar que se dispongan los medios técnicos necesarios para repetir el pleno anulado ... , «por fraude de ley», en el que se tumbó el Convenio de Conservas Lolín, para trasladar la fábrica a Vallegón.
En una providencia de 2 de abril en la que se resuelve la petición de nulidad, por parte de Conservas Lolín, del decreto de Alcaldía de 16 de marzo en el que se acordó la suspensión de todos los actos de los órganos colegiados del Ayuntamiento de Castro (comisiones, juntas de gobierno, plenos, etc), Acayro señala que en las alegaciones presentadas por el Consistorio «se ha omitido cualquier referencia al Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19, publicado en el BOE del 1 de abril y que entró en vigor el día 2».
Su relevancia, según apunta el juez, en lo que a esta ejecución interesa, reside en un nuevo apartado de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local que dice: «(...) Cuando concurran situaciones excepcionales de fuerza mayor, de grave riesgo colectivo, o catástrofes públicas que impidan o dificulten de manera desproporcionada el normal funcionamiento del régimen presencial de las sesiones de los órganos colegiados de las Entidades Locales, estos podrán, apreciada la concurrencia de la situación descrita por el Alcalde o Presidente o quien válidamente les sustituya al efecto de la convocatoria de acuerdo con la normativa vigente, constituirse, celebrar sesiones y adoptar acuerdos a distancia por medios electrónicos y telemáticos, siempre que sus miembros participantes se encuentren en territorio español y quede acreditada su identidad. Asimismo, se deberá asegurar la comunicación entre ellos en tiempo real durante la sesión, disponiéndose los medios necesarios para garantizar el carácter público o secreto de las mismas según proceda legalmente en cada caso».
Según señala el juez Acayro, esta modificación legal «permitiría cumplir con lo solicitado por Conservas Lolín en cuanto que no supone riesgo alguno para la salud de nadie y, lo más relevante, el propio responsable del Departamento de informática ha informado de su capacidad para conseguirlo impulsando una herramienta de videoconferencias y trabajo en grupo llamada Microsoft Teams, que está disponible para toda la organización, donde cualquier persona que tiene usuario de la red puede conectarse y estaría pendiente, únicamente, de probarse en grandes grupos al haber desaparecido cualquier duda sobre la validez jurídica de las videoconferencias».
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