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El macrojuicio de La Loma en Castro Urdiales, en el que se investigan presuntas irregularidades urbanísticas en el desarrollo de la zona del SUNP-12 de Santullán donde se construyeron 46 chalés que deben ser derribados según la Fiscalía y la Junta Vecinal de ... Santullán (acusación particular), ha quedado suspendido hasta el 13 de enero, momento en el que arrancarán las testificales y se proseguirá con las periciales, las conclusiones y la última palabra, fijada para el 27 de febrero.
Esta primera parte del juicio, que arrancó el pasado 1 de octubre y se dio por finalizada el pasado jueves, 19 de diciembre, no ha estado exenta de polémica con motivo del cambio de criterio del Ministerio Fiscal que redujo la lista de 45 acusados a 6, después de que las acusaciones particulares (las de los vecinos de La Loma) decidieran apartarse del procedimiento.
Este cambio de criterio de la fiscal que lleva ahora el caso, Pilar Santamaría (el anterior escrito de acusación de 2012 lo redactó María Jesús Cañadas), fue muy bien acogido por las 39 personas que se quedaban libre de cargos, aunque finalmente fueran 32 después de que la Junta Vecinal de Santullán decidiera mantener los cargos contra 11 de los 14 de su lista de acusados.
Las defensas intentaron que la Sala apartara del procedimiento a la pedanía castreña al considerar que no estaba legitimada para ejercer la acusación particular, pero el tribunal rechazó esa petición y la de nulidad de la instrucción que realizó en su momento el juez Luis Acayro Sánchez.
También la fiscal Santamaría puso en cuestión los «intereses» que mueven a la Junta Vecinal de Santullán para ejercer la acusación particular en este caso. ««Exige responsabilidad penal por cohecho para Restegui y para Díaz Helguera no. La letrada de la Junta manifiesta que defiende los intereses patrimoniales de la pedanía y, sin embargo, excluye expresamente la responsabilidad civil subsidiaria de quien verdaderamente sería solvente, del Ayuntamiento de Castro». «La Junta tendrá que justificar por qué exige responsabilidad por falsedad por elevar determinados dictámenes y, sin embargo, se descuelga de la autoría material de esas falsedades».
La letrada de la Junta Vecinal de Santullán, Yolanda Merino, ya ha recibido autorización de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial para presentar una querella por injurias y calumnias contra el exconcejal y acusado, Salvador Hierro. Durante su declaración ante el tribunal y a preguntas de la fiscal, Hierro acusó a Merino de «practicas mafiosas» con motivo de varios asuntos relacionados con desarrollos urbanísticos. Ante esta acusación, la letrada de Santullán remitió un escrito a la Sala pidiendo autorización para ejercer acciones judiciales y la oportuna querella, para proceder en la salvaguarda de su honor. «Se han realizado afirmaciones que vulneran el derecho de esta letrada a su honor profesional y personal. Se han traspasado los límites de normal tolerancia en el foro. Calificaciones de 'mafia económica', o el relato de propuestas urbanísticas al margen de la legalidad», apuntó la letrada de la pedanía.
Ante estas afirmaciones, la letrada de Santullán, Yolanda Merino, defendió que su personación en la causa no responde a «ningún espúreo interés particular o político», sino que está acreditado que «existen intereses legítimos». «Una Junta Vecinal que tiene mil años de historia también está para la defensa del interés público». Merino, que espera que la Fiscalía cambie de criterio y apoye la acusación de la Junta, explicó que no acusa al Ayuntamiento porque perjudicaría a todos los vecinos de Castro Urdiales.
El mismo día que se resolvieron las cuestiones previas, un policía judicial que intervino en la investigación de la Loma durante la fase de instrucción presentaba una denuncia ante la Fiscalía General del Estado al considerar que la fiscal Pilar Santamaría no podía seguir en el juicio teniendo en cuenta que se apartó de este procedimiento en 2008 debido a la relación que mantenía con uno de los acusados, el arquitecto Pedro Restegui.
Después comenzaron las declaraciones de los 13 acusados: Pedro Restegui, Rufino Díaz Helguera, Yolanda Sánchez, César Saiz, Fernando Muguruza, Salvador Hierro, Maricarmen Villanueva, José Miguel Rodríguez 'KyK', Concepción Carranza, Jaime Díez Muro, Juan Tomás Molinero, Santiago Vélez y Valentín Galdós. Esta semana fue el turno de diez acusados «formales» (ya no hay cargos contra ellos), que se cogieron a su derecho a no declarar. Y el próximo 13 de enero comenzarán las testificales, que serán 86.
El policía judicial que denunció un presunto conflicto de intereses por parte de la fiscal del caso La Loma, Pilar Santamaría, sigue a la espera de que se resuelva el recurso que presentó el pasado 5 de diciembre contra el archivo de su denuncia en el que pide que se nombre a un nuevo fiscal para este procedimiento.
Después de que la fiscal superior de Cantabria, Pilar Jiménez, concluyera que «no concurre motivo alguno de abstención por parte de Santamaría para asistir al procedimiento de La Loma», el agente (ya retirado) citó en su recurso la respuesta que le ha dado la Fiscalía de Cantabria a su denuncia, reconociendo que Santamaría se apartó en su momento del caso, «no por existir motivo de abstención, sino debido a un exceso de prudencia, por la amistad que, en su día, unía a su hijo con el hijo de los señores Restegui (Pedro Restegui es uno de los acusados en La Loma)». Este guardia civil discrepa con la conclusión de la fiscal superior. Primero porque el artículo séptimo del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece que «por el principio de imparcialidad el Ministerio Fiscal actuará con plena objetividad e independencia en defensa de los intereses que le estén encomendados». «Es decir, debe concurrir una plena imparcialidad y no una imparcialidad con matices. Y ninguna interpretación de plena imparcialidad en la actuación de una fiscal es compatible cuando ha habido un apartamiento previo y voluntario en una causa».
El apartamiento previo –dice el agente– adoptado voluntariamente por prudencia, al entender la fiscal Santamaría que la amistad de su hijo con el hijo de los Sres. Restegui comprometía su imparcialidad , «sólo puede interpretarse, precisamente, como un cumplimiento de la garantía del deber de actuar con plena imparcialidad y no como 'un exceso de prudencia', figura que no existe en el ordenamiento jurídico».
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