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La Sala de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santander ha fallado a favor de la Junta Vecinal de Santullán frente al decreto municipal del Ayuntamiento de Castro Urdiales que les exigía la descontaminación de amianto de una finca de la pedanía y la ... demolición de un parque, al ser una actuación sin licencia. La sala considera ahora que la Junta no encargó dichas obras ni era responsable de ellas, sino que lo era el Ayuntamiento. También apunta el fallo a «irregularidades» en la dirección del proyecto de obra municipal y afirma que lo único que se le puede imputar a la Pedanía «es la colocación de mobiliario sin licencia».
Los hechos se remontan a agosto de 2021, cuando el equipo de gobierno de Castro Urdiales PSOE-Cs instó a la citada Junta Vecinal de Santullán a restaurar la legalidad en dicha parcela donde se había acondicionado un parque. El motivo de esa exigencia era el vertido de amianto en la misma tras la demolición de algunas edificaciones (casetas) a raíz de las obras de saneamiento que se estaban ejecutando en aquel momento en la zona y en las que nada tenía que ver la pedanía aludida. Es más, la ejecución había sido encargada por el Ayuntamiento de Castro.
El asunto es que la Junta Vecinal había autorizado a la empresa contratista de las obras de saneamiento a realizar un vertido de materiales de la obra en la parcela objeto del litigio. Tras ello, la propia UTE del saneamiento se había comprometido con la junta vecinal al extendido de tierra vegetal, recolocar los árboles frutales, ejecutar unas escaleras y una rampa peatonal de hormigón o realizar placas de cemento para instalar mobiliario urbano. Y así fue: se instalaron allí papeleras, mesas y bancos por parte de la junta vecinal.
Tras unas obras de saneamiento locales, el Consistorio denuncia los vertidos a la finca
Los tribunales atribuyen la responsabilidad al Ayuntamiento como responsable de la obra
En la sentencia, el magistrado alude a que la pedanía solo llevó a cabo una «mera autorización de vertido» a la contratista. También establece una «llamativa relación entre el jefe de obra y la dirección facultativa» de la misma. Asimismo, llama la atención sobre el hecho de que no conste en el libro de órdenes información sobre la cubierta de las casetas demolidas y que se obviase si los techos eran de fibrocemento (material contaminante con amianto) o de policarbonato.
También le llama la atención a la Sala el hecho de que no constase el procedimiento de la desconstrucción de la cubierta de las casetas desmanteladas por las obras de saneamiento, ni denuncia alguna del vertido por parte del Consistorio «en el momento de su demolición», subrayan. «Se da relevancia al caso a posteriori, tras el vídeo denuncia de un particular», hace constar el juez instructor.
Es por ello que la Sala insiste que la documental expuesta en el expediente administrativo «no puede imputarse a la junta vecinal sino a las obras contratadas por el Ayuntamiento, estando la parcela litigiosa afectada por dichas obras», afirman, desvinculando la autorización del vertido de la responsabilidad que el Consistorio exigía a la Junta en este caso. «Toda la actuación se enmarca en la ejecución de dichas obras contratadas por el Ayuntamiento en las que la junta vecinal no tuvo intervención, resaltando el perito judicial las irregularidades existentes entre la dirección facultativa y el jefe de obra», relatan.
Finalmente, la sala estima parcialmente el recurso de la junta a excepción solamente de la colocación de mobiliario urbano en la parcela, «por realizarse sin licencia y no siendo legalizable», resumen.
Cabe recordar que Santullán ya presentó alegaciones al Ayuntamiento de Castro Urdiales después de que el equipo de gobierno PSOE-Cs le acusara de ser responsable de la contaminación por amianto de la parcela, apuntando entonces al Ayuntamiento de Castro de ser el «único responsable» de los vertidos puesto que dirigía y controlaba la obra en cuestión.
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