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La Audiencia Provincial de Cantabria ha acordado sustituir la pena de un año de cárcel que le fue impuesta al exalcalde de Castro, Fernando Muguruza, en el caso de La Loma, por una multa de 6.800 euros, a pagar en doce en ... meses, a razón de 570 euros los primeros once y 530 el último mes. Además, la Sección Tercera ha suspendido la pena de dos años de cárcel impuesta a otro de los tres condenados, el exsecretario municipal de Castro César Saiz, por tiempo de tres años.
En un auto al que ha tenido acceso El Diario Montañés, la Sala recuerda que el 30 de septiembre de 2020 condenó a Muguruza a un año de cárcel y ocho de inhabilitación como autor de un delito continuado de prevaricación administrativa y de prevaricación urbanística, concurriendo la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.
El fallo fue confirmado el pasado enero por el Supremo y se hizo firme dos meses después. Al mes siguiente, al exalcalde de Castro Urdiales solicitó la sustitución de la pena de prisión por una multa o, subsidiariamente, la suspensión de ejecución de la condena. Peticiones a las que se opuso el Ministerio Fiscal (el resto de partes no se pronunciaron).
Para tomar una decisión al respecto, la Sección Tercera consultó la hoja histórico-penal del exalcalde de Castro en los últimos cinco años (julio de 2018 a julio de 2013), constando tres sentencias condenatorias: dos por prevaricación administrativa (por hechos de 2002 y 2004) y una tercera, la del caso La Loma, por prevaricación administrativa y urbanística (hechos de 2003 y 2004).
«Ahora bien, aunque estamos ante tres delitos comprendidos en un mismo capítulo objeto de condena en los últimos cinco años, los mismos no sirven de fundamento para afirmar que el condenado sea reo habitual, pues el artículo 94 del Código Penal exige que los delitos se hayan cometido en un plazo no superior a cinco años y que para realizar el cómputo se considerará el momento de posible sustitución y la fecha de comisión de los delitos».
Dicho esto, la Sala entiende que, siendo el momento de comisión de los hechos objeto de las tres sentencias mencionadas muy anteriores al mes de julio de 2018, no pueden ser consideradas para constatar que el penado sea «reo habitual».
Para calcular la multa, la Sección Tercera tiene en cuenta que el exalcalde Muguruza estuvo en prisión provisional desde el 18 de febrero al 9 de marzo de 2010, un total de 20 días. «Restando esos 20 días a los 360 que constituyen el año de prisión, quedan 340 días, lo que se traduce en 680 cuotas-multa. Fijaremos una cuota diaria de 10 euros, que ha sido la cuota-multa fijada en todas las ejecutorias atinentes a este condenado, según su hoja histórico-penal».
En el caso de La Loma, también se condenó al derribo de once chalés que se levantaron en la pedanía castreña de Santullán, en una zona de protección y servidumbre de Carreteras y a la regularización de la urbanización Residencial San Pelayo, promovida por Sacyr Vallehermoso, que dio lugar a esos y otros 35 chalés más.
El pasado 25 de septiembre, el Ayuntamiento de Castro informó a la Audiencia sobre la ejecución de ambas actuaciones. Respecto del derribo de los chalés, trasladó que los tres condenados remitieron en mayo un escrito en el que anuncian que, «de forma cautelar», han iniciado las actuaciones para presentar los proyectos de derribo y gestión de residuos, para que se concedan las licencias. «Nuestra voluntad es dar cumplimiento a la sentencia siempre y cuando no prosperen los recursos de amparo (al Constitucional) de Valentín Galdós (el otro condenado por este caso) y César Saiz», afirman los tres condenados. Sin embargo, el Ayuntamiento les da ahora un plazo de 15 días para que presenten el citado proyecto de demolición. En caso contrario, iniciarán la institución el procedimiento.
Sobre la regularización del resto de la urbanización, el Consistorio castreño asegura que están en curso los trabajos preparatorios de redacción de un nuevo Plan Parcial de la zona afectada por la sentencia.
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