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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha requerido al Ayuntamiento de El Astillero a facilitar al concejal socialista Salomón Martín el acceso a los expedientes que había solicitado, con el fin de «ejercer la función de fiscalización de la actuación municipal». La Sala condena también al Ayuntamiento al pago de las costas en la primera instancia.
El TSJC ha estimado así el recurso de apelación interpuesto por el concejal socialista y supone la revocación de la sentencia apelada (de mayo de 2022), la consiguiente estimación del recurso contencioso-administrativo y la anulación del acuerdo impugnado. Según señala la sentencia, «tal finalidad es más que suficiente para justificar la solicitud, pues se trata de una función esencial integradora del núcleo duro de la función representativa». La Sala considera «imprescindible» conocer los expedientes de los asuntos tratados en los órganos de la entidad local, por lo que «no cabe exigir más explicaciones ni correcciones al concejal que solicita la información».
Destaca también que «las actas no pueden sustituir a los expedientes, porque estos contienen todos los datos que ofrecen los procedimientos seguidos para dictar los actos o realizar las actuaciones del ente local».
Por todo ello, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC considera que la Administración demandada (el Ayuntamiento de El Astillero) ha vulnerado el derecho del demandante establecido en el artículo 23.2 de la Constitución Española.
En su fallo, el TSJC señala que contra la sentencia solo cabe interponer recurso de casación ante la Sala correspondiente (del Tribunal Supremo si la infracción afecta a normas de derecho estatal o de la Unión Europea), «única y exclusivamente, en el caso de que concurra algún supuesto de interés casacional objetivo».
Para el portavoz socialista en El Astillero, esta sentencia «viene a dar la razón al grupo socialista en cuanto que la actuación del Sr. Fernández Soberón ha supuesto una vulneración de los derechos constitucionales que asisten a los concejales en su labor de control de la acción de gobierno, además de condenar a costas al Ayuntamiento». Salomón Martín reitera que el TSJC condena al alcalde «por impedir el acceso de la oposición a la información municipal elemental para la toma de decisiones, es decir, por vulnerar los derechos de cualquier concejal».
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Ana del Castillo
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