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La Agrupación Vecinal SSPL Laredo ha registrado una moción a debatir en el pleno ordinario del próximo 26 de enero en el que plantea varias modificaciones a la ordenanza fiscal. Dado que se trata de una moción de contenido económico, esta formación solicita «que el ... técnico municipal al que corresponda, informe sobre la misma y se incluya en el orden del día de la próxima Comisión Informativa de Hacienda, Contratación y Especial de Cuentas, para que el resto de grupos puedan hacer las aportaciones que consideren necesarias».
En su exposición de motivos, recuerdan que el Ayuntamiento de Laredo en el pleno extraordinario de 28 de diciembre de 2020, aprobó la adhesión al Pacto de Alcaldes por el Clima y la Energía con el compromiso de reducir un 40% las emisiones de C02 para 2030, mediante una mayor eficiencia energética y un mayor uso de fuentes de energía renovables. También el Real Decreto-Ley 7/2019 de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, estableció la posibilidad de que los Ayuntamientos puedan establecer una bonificación de hasta el 95 por ciento en la cuota íntegra del IBI para los bienes inmuebles de uso residencial destinados a alquiler de vivienda con renta limitada por una norma jurídica.
A partir de ahí, constatan que «en Laredo es difícil, casi imposible, alquilar un piso para todo el año, lo que dificulta que muchos jóvenes puedan venir o quedarse a vivir en nuestro municipio. Por eso es importante incentivar la ocupación del parque de viviendas edificadas, durante todo el año. Declarar el alquiler de larga duración como una actividad de interés social (conforme a lo señalado en el artículo 74,2 quater del R.D.L. 2/2004, de 5 de Marzo) permitiría que se pudiera bonificar el IBI hasta el 95% y así ampliar el mercado de alquiler debido al gran número de viviendas que en la actualidad se encuentran cerradas gran parte del año.
En su propuesta de resolución, y respecto al Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, solicita una bonificación de hasta el 75 por ciento en función de la clase de carburante que consuma el vehículo, en razón a la incidencia de la combustión de dicho carburante en el medio ambiente. Además, propone una bonificación de hasta el 75 por ciento en función de las características de los motores de los vehículos y su incidencia en el medio ambiente.
En relación a las tasas de Instalaciones, Construcciones y Obras (ICIO), plantea una bonificación de hasta el 95 por ciento a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía
solar. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente. Del mismo modo, propone una bonificación de hasta el 90 por ciento a favor de las construcciones, instalaciones u obras necesarias para la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
En el tercer punto de su propuesta de resolución, y respecto al IBI, plantea distintas bonificaciones. Una de hasta el 50 por ciento de la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente. Los demás aspectos sustantivos y formales de esta bonificación se especificarán en la ordenanza fiscal. Además propone declarar el alquiler de larga duración como una actividad de interés social y aplicar una bonificación de hasta el 95 por ciento en la cuota íntegra del impuesto para los bienes inmuebles de uso residencial destinados a alquiler de vivienda con renta limitada por una norma jurídica.
Finalmente, el cuarto punto de la propuesta de resolución plantea eliminar de la ordenanza fiscal del IBI la bonificación de la cuota de hasta el 95 % los inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas, náutico-deportivas y pesqueras, que se efectúen en instalaciones portuarias, que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo, conforme a lo señalado en el artículo 74,2 quater del R.D.L. 2/2004, de 5 de Marzo.
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