![Conceden el tercer grado a los condenados por la brutal paliza a un hombre junto a un súper de Laredo](https://s1.ppllstatics.com/eldiariomontanes/www/multimedia/2025/02/05/agresin%20laredo-RhF0byo2bhcvaNlPTBOAKCL-1200x840@Diario%20Montanes.jpg)
![Conceden el tercer grado a los condenados por la brutal paliza a un hombre junto a un súper de Laredo](https://s1.ppllstatics.com/eldiariomontanes/www/multimedia/2025/02/05/agresin%20laredo-RhF0byo2bhcvaNlPTBOAKCL-1200x840@Diario%20Montanes.jpg)
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La Secretaria General de Instituciones Penitenciarias ha concedido el tercer grado (el régimen abierto o de semilibertad) a los tres condenados a cuatro años de cárcel por la brutal paliza que le dieron a un hombre –investigado por supuesto acoso a la hija de ... uno de los agresores– en un aparcamiento de un supermercado de Laredo el 18 de junio de 2023.
Según ha podido saber este periódico, Instituciones Penitenciarias ha ratificado la decisión de la Junta de Tratamiento del penal de El Dueso, que hace unas semanas dio el visto bueno a la concesión del tercer grado, teniendo en cuenta que los tres procesados han cumplido un tercio de la condena –llevan en prisión un año y medio– y han satisfecho la responsabilidad civil al abonar 20.000 a la víctima antes de ser juzgados, entre otras cuestiones. Precisamente, el pago de esa indemnización (la reparación del daño) y el reconocimiento de los hechos les permitió que el fiscal rebajase de ocho a cuatro años su petición de pena por tentativa de homicidio.
Según recogió la sentencia condenatoria, los tres procesados se pusieron de acuerdo para acabar con la vida de la víctima, o en todo caso, representándose la posibilidad de ese resultado y aceptándolo plenamente. Actuaron así «con la consideración de que el agredido había estado acosando a una familiar de los procesados, menor de edad».
Sobre las 14.00 horas del día de autos, «portando tres barras metálicas de montaje de puestos del mercado y con claro desequilibrio de fuerzas al ser tres contra uno, de forma inopinada comenzaron a agredir a la víctima brutalmente, golpeándole con las barras en la cabeza y provocando su caída al suelo, dejándolo aturdido». Ya en el suelo, «lejos de deponer su actitud, con evidente desprecio por su vida, continuaron propinándole fuertes golpes con las barras, uno a la altura de la cabeza, otro a modo de estocada en el costado y 19 golpes más en piernas y costado», pese a que la víctima estaba «postrada y ni siquiera podía cubrirse de los golpes de una manera mínimamente efectiva». Finalizaron la agresión «con dos contundentes patadas en la zona de la cara, todo ello entre los gritos de alarma y advertencias de que lo iban a matar por parte de otros ciudadanos presentes».
A consecuencia del ataque, la víctima ha padecido fracturas abiertas importantes en la mano derecha, fractura de huesos propios de la nariz, traumatismo craneoencefálico con múltiples heridas contusas en el cuero cabelludo, así como una fractura craneal que se extiende por el hueso frontal y atraviesa el tabique del seno frontal, sin hemorragia intracraneal asociada. La presencia de esta fractura pone de manifiesto un importante riesgo de lesiones intracraneales con el consiguiente riesgo vital. El alcance definitivo de los menoscabos físicos, días de curación, hospitalización, intervenciones quirúrgicas y secuelas derivadas no se ha podido determinar todavía.
Los hechos constituyen un delito de homicidio en grado de tentativa, con la concurrencia de la circunstancia agravante de la responsabilidad penal de abuso de superioridad.
Además de las penas de prisión, la Audiencia les prohibió comunicarse y acercarse a menos de 300 metros de la víctima, su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro que frecuente, esté o no en ellos, durante una década. También, que indemnicen al agredido en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia.
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