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Cuando el pasado 4 de mayo de 2021 varios operarios de la empresa pública Tragsa comenzaron a instalar el vallado perimetral para iniciar la demolición parcial del Edificio Tenis de Laredo todo parecía indicar que por fin se iba a dar carpetazo a un controvertido ... asunto que ha estado dando vueltas, con idas y venidas, desde hace más de treinta años. Pero nada más lejos de la realidad. La sentencia del Tribunal Supremo de 1999 que confirmaba la obligación de demoler los vuelos o terrazas de la edificación, así como todo lo construido bajo cubierta por encima de la línea teórica de 45 grados sigue sin ejecutarse. Y parece que el asunto aún se va a prolongar más en el tiempo, en vista de que los residentes mantienen una encrucijada en los tribunales con el fin de defender sus intereses.
Para poner en contexto este caso es necesario retrotraerse en el tiempo hasta el año 1987, cuando el Ayuntamiento de Laredo concedió a la promotora Edibilsa licencia de construcción de un edificio para viviendas, con la condición, entre otras, de que el propio Consistorio se comprometía a efectuar una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para obtener una ocupación en planta del 35% para vivienda unifamiliar, manteniéndose para el resto de los parámetros urbanísticos los del Plan vigente, es decir, dos alturas y media o nueve metros de altura.
22-06-1989 El Ayuntamiento de Laredo concede la licencia de primera ocupación del Edificio Tenis para la venta de sus pisos.
22-10-1990 El TSJC anula la modificación del proyecto para aumentar la superficie del edificio y la licencia de primera ocupación.
27-05-1994 El Supremo inhabilita al alcalde López Revuelta y a tres ediles por prevaricación al conceder licencia de primera ocupación.
20-01-1999 El Supremo confirma la demolición de los vuelos y terrazas y todo lo construido por encima de la línea de 45 grados.
27-01-2009 La empresa Pentia presenta el proyecto de demolición parcial del edificio, al que se suma un informe de un perito judicial.
5-05-2021 La empresa Tragsa, encargada del derribo parcial, instala el vallado previo al inicio de las obras.
13-09-2021 El derribo queda suspendido provisionalmente para que el TSJC determine si hay viviendas que pierden habitabilidad
Posteriormente, el Ayuntamiento concedió licencia a la misma sociedad, sobre el mismo solar, para la construcción de apartamentos turísticos en régimen de apartahotel, y autorizó la modificación del proyecto y la ejecución de la obra. Una vez que se construyó el edificio, la promotora solicitó la licencia de primera ocupación, que fue otorgada en 1989.
Después, el edificio fue puesto en venta y, dado que contaba con la correspondiente licencia de primera ocupación, fue adquirido por los integrantes de la actual comunidad de propietarios.
Sin embargo, la licencia de primera ocupación, junto con otros actos administrativos, fue impugnada por un vecino de la villa ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), que en el año 1990 anuló el acuerdo de la Comisión de Gobierno por el que se aprobaba la modificación al proyecto de apartahotel -consistente en el aumento de la superficie destinada a garajes, adición de terrazas y nuevo diseño del cuerpo bajo cubierta-. También declaraba nulo el proyecto de ejecución de la obra y la concesión de la licencia de primera ocupación del edificio construido.
70viviendas integran el Edificio Tenis, ubicado en primera linea de playa.
En ese momento se desencadenó una batalla judicial que, a día de hoy, sigue vigente. Tanto la promotora como el Ayuntamiento presentaron diversos recursos que fueron tumbados por el Supremo, que en el año 1994 incluso condenó a seis años de inhabilitación por prevaricación al por entonces alcalde socialista Juan Ramón López Revuelta y a tres ediles de su equipo de gobierno, por la concesión de la licencia de primera ocupación del edificio. Ese mismo año, el TSJC determinó que se debía demoler parcialmente el edificio y se presentaron nuevos recursos que el Supremo revocó en 1999, confirmando así el derribo de los construido por exceso respecto a la autorización legal.
27millones reclaman los vecinos al Ayuntamiento por el derribo parcial del inmueble.
Desde ese momento, es decir, desde hace ya 23 años, el mandato judicial del Supremo está pendiente de ejecución. En 2009, la empresa Pentia presentó un proyecto para el derribo parcial del edificio. Aunque los vecinos acudieron al TSJC a fin de plantear diversas cuestiones técnicas y de seguridad del edificio para la ejecución del proyecto, acompañando el informe de un perito. La Sala, ante los defectos imputados al proyecto redactado por Pentia, acordó la intervención de un tercer perito, que presentó un informe al tribunal y las aclaraciones solicitadas por las partes.
8millones consignó el Pleno de Laredo para sufragar los gastos derivados del derribo.
Ya en 2015 y en vista de que el asunto llevaba seis años parado, una de las partes personadas en el procedimiento, en concreto un vecino que reside junto al Tenis, reclamó la ejecución del derribo, «ya que desde el 29 de diciembre de 2011 no ha existido ningún tipo de actuación ni trámite procesal en relación a la sentencia que dispone la demolición de lo construido ilegalmente».
Es en ese momento cuando la Sala de lo Contencioso del TSJC retoma el asunto y se dirige al Ayuntamiento pejino, liderado por el socialista Juan Ramón López Visitación (hijo de López Revuelta), solicitando información sobre el plazo de ejecución de la demolición parcial del edificio. En un auto emitido en 2016 la Sala daba un plazo de tres meses para que el Consistorio informase sobre si mantenía el proyecto técnico de demolición presentado en su día, lo modificaba o presentaba otro nuevo. También requería información sobre el inicio del expediente de contratación de la empresa que demolería parte del edificio y la aprobación, por parte del interventor, de los instrumentos de garantía financiera suficientes para afrontar los costes de la demolición.
Ante esto, el Consistorio pejino aprobó un cronograma en el que recogía los pasos que iba a llevar a cabo para dar cumplimiento al mandato judicial. Sin embargo, esos plazos no se cumplieron y a finales de 2017 el TSJC impuso una multa de 150 euros al alcalde y los otros cuatro integrantes de la Junta de Gobierno Local.
Meses después de la multa y bajo la advertencia de la Sala de imponerles otra, el equipo de gobierno y el resto de ediles de la Corporación aprobaron en Pleno el proyecto definitivo de demolición y consignaron ocho millones de euros para ejecutar la sentencia. La reacción de los propietarios fue inmediata puesto que veían que el derribo cada vez estaba más cerca. De ahí que, a parte de seguir pleiteando en los tribunales, iniciaron una serie de movilizaciones en la calle para protestar.
Ante el retraso del Ayuntamiento en contratar a un empresa para ejecutar la obra, la Sala dio un nuevo paso en 2018 y encomendó el trabajo, de forma subsidiaria, a la empresa pública Tragsa, que tardó dos años en fijar la fecha de inicio de las obras, entre otras cuestiones, por las dudas que le generaba el proyecto de demolición.
En febrero de 2021, la actual alcaldesa Charo Losa (PSOE) emitió un decreto de Alcaldía en el que fijaba el 12 de marzo como la fecha de inicio de los trabajos y ordenaba el desalojo (mudanza incluida de los enseres y mobiliario) y vaciado de la totalidad del edificio y puesta a disposición del mismo a la empresa Tragsa. Pero los vecinos se negaron a abandonar sus viviendas alegando que el Ayuntamiento no les había facilitado el desalojo ni el realojo. Empezó ahí una nueva batalla judicial. Y la Sala aclaró que los gastos del desalojo y realojo correspondían el Consistorio y no a los vecinos como pretendía la administración.
En mayo de 2021, la empresa Tragsa procedió a la colocación del vallado perimetral de la obra, que quedaba a la espera de que se efectúase el desalojo y la mudanza de cada una de las 70 viviendas y los trasteros, además del realojo de los vecinos empadronados. Un asunto que ha quedado a la espera de resolución judicial.
Si la actuación ya se había topado con numerosos percances hasta el momento, el pasado septiembre se sumó uno mas cuando el TSJC aceptó el incidente de ejecución presentado por los vecinos para que se determine, como ellos defienden, que 16 viviendas del edificio perderían su habilitabilidad tras la demolición parcial. A la espera de que se revuelva esa cuestión, y con una Sala dividida (dos de los cinco magistrados se oponen al incidente de ejecución), los vecinos han dado un paso más al reclamar al Ayuntamiento una indemnización total de 27 millones de euros por la pérdida de sus viviendas tras el derribo.
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