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El equipo de gobierno de Laredo ha recibido un revés judicial por vulnerar el derecho fundamental a la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos (artículo 23 de la Constitución), en base a una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Nº2 de Santander que ... estima la demanda de Unidos x Laredo frente a un acuerdo plenario sobre la composición de dos comisiones informativas.
Para poner en contexto este asunto hay que remontarse al pleno del pasado 22 de enero, en el que se modificó parte de un acuerdo del 7 de julio de 2023, en el que se aprobó la creación y composición de las comisiones informativas del Ayuntamiento pejino.
Después de que el alcalde Miguel González (PP) fichase para su equipo de gobierno a los concejales dos concejales de IU-Podemos, Álex Abad y David Palacio, el pasado mes de agosto; en el citado pleno se acordó crear dos nuevas comisiones, la de Deportes (área de dirige Abad), y la de Juventud, Participación Ciudadana, Transparencia e Igualdad (a cargo de Palacio). Eso supuso dividir la comisión que englobaba todas esas áreas.
Disconformes con ese acuerdo plenario y después de presentar un primera demanda contra el que estableció la composición de todas las comisiones informativas del Ayuntamiento, la formación que lidera Ramón Arenas volvió a acudir a los tribunales.
A su entender, en el caso de los dos últimas comisiones creadas había una «falta de proporcionalidad en su composición, vulnerando la función representativa de los concejales, su derecho de asistencia y representación, participación y votación».
Para oponerse a esta demanda, el Ayuntamiento alegó que ya había una demanda pendiente de resolución en el Juzgado de lo Contencioso Nº3 de Santander sobre el acuerdo de 7 de julio, en el que se crearon todas las comisiones informativas. Es decir, que había un litigio pendiente entre las mismas partes y sobre la misma materia, lo que se denomina litispendencia. Sin embargo, el Juzgado rechaza este argumento al entender que estamos ante dos actos administrativos diferentes.
Entrando en el fondo del asunto, el Juzgado, que condena en costas al Ayuntamiento laredano, observa que en el acuerdo de 22 de enero de 2024 «ninguna referencia existe a la composición de las nuevas comisiones informativas permanentes, por un lado la de Deportes y, por otro, la de Juventud, Participación Ciudadana y Transparencia, incumpliéndose lo dispuesto en el artículo 100 del Reglamento Orgánico Municipal de Laredo pues no existe referencia concreta sobre la composición de las mismas y por tanto a la proporcionalidad que impone el articulo 125 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales».
Desde el Ayuntamiento consideran que el fallo de la jueza es «incongruente» con la demanda y que, además la Fiscalía «nos da la razón». Por eso, el equipo de gobierno, apoyado por los servicios jurídicos municipales, recurrirá la sentencia «al no estar de acuerdo con ella».
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