El Tribunal Superior anula el decreto que daba inicio al derribo parcial del Tenis de Laredo
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La Sala de lo Contencioso reprocha al Ayuntamiento que trate de «eludir» parte de las obligaciones derivadas de la ejecución de la sentenciaNuevo revés para el Ayuntamiento de Laredo en el caso Tenis y balón de oxígeno para los residentes. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha emitido un nuevo auto en el que declara nulo de pleno derecho el Decreto de Alcaldía de 12 de febrero de 2021 ... que daba inicio a la ejecución del derribo parcial del edificio después de casi treinta años.
Esto supone que tanto el desalojo, como el realojo de los vecinos afectados, así como la firma del acta de replanteo de los trabajos, que se había fijado para el pasado 12 de marzo, sufrirán un nuevo retraso.
En un auto al que ha tenido acceso El Diario Montañés, la Sala responde a los recursos presentado tanto por la comunidad de propietarios como por un vecino en particular, que sufre una discapacidad.
En primer lugar, el tribunal desestima la petición de los propietarios de incoar un nuevo incidente procesal que evite el derribo parcial del edificio. Además, también reitera que hasta que no se produzca la denegación administrativa de la licencia de primera ocupación, constatando la pérdida del derecho a vivir en una de las viviendas del edificio, «no se puede revisar la información que tanto la empresa pública Tragsa (que se hace cargo del derribo) como el Ayuntamiento apuntaron relativa a la no pérdida íntegra de ninguna vivienda, a consecuencia de este procedimiento de demolición parcial».
Respecto a los realojos, la Sala también desestima la alegación de los vecinos y reitera que «es el Ayuntamiento el responsable de los mismos».
En lo que sí da la razón a los vecinos el tribunal es en relación a las nuevas alegaciones relativas al Decreto de Alcaldía de 12 de febrero, «que contenía aseveraciones relativas a que todos los gastos que lleve aparejada la ejecución de la sentencia, incluidos los gastos del desalojo y realojo, vayan a repercutirse a los vecinos. También amenazaba con cortes de suministro y con no realizar las obras de remate interior de las viviendas».
La Sala anula dicho decreto porque considera que «la única finalidad que tiene es eludir parte de las obligaciones derivadas de la ejecución de esta sentencia, siendo reiterada la voluntad obstativa del Ayuntamiento, único responsable ejecutado».
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