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ABEL VERANO
LAREDO.
Viernes, 25 de octubre 2019, 07:14
Nuevo capítulo del 'caso Tenis'. La Comunidad de Propietarios del Edificio Tenis de Laredo ha presentado a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Justicia de Cantabria un escrito en el que solicita la derivación de la ejecución de sentencia -es decir, ... el derribo parcial del inmueble- a mediación intrajudicial.
Según explicó el presidente de la Comunidad de Propietarios, Josu Beaskoetxea, este sistema alternativo de resolución de conflictos «es una práctica y figura reciente, aplicada ya en otras comunidades, pero perfectamente aceptada en sede contencioso-administrativa». «Consiste, básicamente, en la intervención de un tercero quien propone una fórmula que preserve tanto el interés público como el de aquellos privados que injustamente se verían perjudicados por la ejecución. Finalmente, tendría que ser el propio tribunal el que la validara».
Beaskoetxea asegura que están «esperanzados» porque esta figura «debe contribuir para la resolución de métodos alternativos de litigios de una manera más eficaz y justa con todas las partes». «Creemos que si en algún caso tiene cabida y aplicación la figura de mediación intrajudicial es en el caso Tenis de Laredo».
El presidente de la Comunidad de Propietarios hace referencia a una serie de circunstancias que afectan al edificio. «Unas viviendas habitadas en su día con su correspondiente licencia de primera ocupación desde hace más de treinta años, condena posterior (a estar instalados) al derribo parcial por unos excesos en edificación ajenos a la buena fe de compra de los propietarios». Asimismo, apunta que, en todo caso, hay «excesos leves ejecutados por el promotor/constructor y no detectados en tiempo por la administración municipal». «Excesos menores en los que no está en juego ni el medio ambiente, ni la protección del dominio público ni el patrimonio, y cuya corrección requiere de grandes desembolsos».
En este sentido, Beaskoetxea asegura que para corregir el gradiente de más de los 45 grados legales en el tejado, la sentencia obliga a tirar más de dos mil metros cuadrados de tejado de pizarra y volverlos a poner en el menor gradiente establecido. «Obliga a derribar gran parte de balcones cuando el exceso de construcción por estos balcones no supone más del 0,34 % sobre lo legal permitido, 22 metros cuadrados sobre una parcela de 6.000».
Además, asegura que, en caso de ejecutar la sentencia de derribo, habría que desalojar durante meses a vecinos y enseres de los edificios, incluidos propietarios de la planta baja cuyos pisos en ningún caso están afectados por la sentencia. «El costo de esta ejecución y las indemnizaciones no será inferior a los diez millones de euros que, en principio, deberá soportar el Ayuntamiento. En caso de ejecutar el derribo, los riesgos para el resto del edificio serán inevitables, como así se han pronunciado diversos expertos».
Los afectados ven con cierta «esperanza» que tanto demandante como demandado (Ayuntamiento) apoyen o al menos no se opongan a esta solicitud de mediación. «Tenemos la percepción de que el nuevo responsable municipal de este área está más sensible a nuestras preocupaciones». «Desde Urbanismo se nos ha trasladado que con el único límite de la legalidad y de actuar conforme a las indicaciones del tribunal, están dispuestos a explorar vías de solución. Desde luego la mediación intrajudicial encajaría perfectamente en estos parámetros».
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