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El Ayuntamiento de Alfoz de Lloredo ha aprobado la modificación de la ordenanza sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, conocido como impuesto de 'plusvalía'. A raíz de una sentencia del año 2008 y de otra del año pasado, en ... la que el Tribunal Supremo se pronunció sobre este impuesto considerando que la forma mediante la que se realiza el cálculo no es correcta, se anularon una serie de artículos y se obligó a los ayuntamientos a que en el plazo de seis meses procedan a realizar la modificación o dejen de aplicar las liquidaciones del impuesto.
Se trata por tanto de una modificación obligada que establece nuevas fórmulas para realizar los cálculos sobre la base imponible, que redunda en beneficio del contribuyente. Mientras el tipo impositivo es aprobado por el Ayuntamiento y no tiene por qué cambiar, la base imponible va a variar sustancialmente y puede suponer que el vecino no tenga que pagar o que tenga que abonar una cantidad menor que con las anteriores condiciones.
Además, el Ayuntamiento sigue manteniendo las bonificaciones de este impuesto que aprobó el año pasado y que están encaminadas a reducir el importe en aquellos casos en que las trasmisiones sean por herencia. La medida supone una merma en la recaudación del Consistorio, pero «el Ayuntamiento dispone de otros ingresos derivados de impuestos, por lo que no se va a producir un desequilibrio financiero», ha informado el alcalde, Enrique Bretones, en una nota de prensa.
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