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J. LASTRA / E. TRESGALLO
CABEZÓN DE LA SAL.
Viernes, 1 de diciembre 2017, 07:27
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Santander ha desestimado la demanda interpuesta por el recaudador de impuestos de Cabezón de la Sal durante los últimos 30 años, que reclamaba varias facturas por importe de 217.009 euros tras la resolución de ... su contrato por el Pleno, en julio de 2016, al considerarlo ilegal. El magistrado Luis Acayro Sánchez remite además a la Fiscalía toda la documentación del caso tras ver varios indicios de prevaricación administrativa en distintas corporaciones.
El auto, del pasado 24 de noviembre, desestima la pretensión del exrecaudador de impuestos municipal de cobrar varias facturas, entre los años 2012 y 2016, relativas al reconocimiento de la prestación de sus servicios en esas fechas. La reclamación surgió a raíz de que el Pleno acordó, en julio de 2016, rescindir su contrato «por no estar amparada la prestación de tales servicios en ningún contrato o prorroga vigente, ni nombramiento legal alguno», resumía el informe de Intervención, al que acompañaba otro dictamen de Secretaría que declaraba «la ilegalidad» de la situación.
El juez considera probado que el hasta hace un año recaudador local entró en el Ayuntamiento en febrero de 1987, tras hacérsele una adjudicación directa del servicio de cobros e impuestos y tasas «por el periodo de un año». Que esa situación se fue prolongando en el tiempo, a lo largo de los años, llegando incluso el demandante a contar con un despacho y utilizar medios municipales para el desarrollo de su labor.
En el contrato inicial del año 1987 se acordó con el alcalde de aquellos años que el recaudador se llevaría un 12% del cobro de los recibos y el Ayuntamiento un 88%. Posteriormente, y con motivo de un plan de ajuste financiero en 2012, la entonces alcaldesa Esther Merino -hoy senadora aforada por el PP- se reunió con el cobrador para negociar un porcentaje menor, dada la situación financiera que atravesaba el Ayuntamiento en aquel momento.
Previamente, en abril del año 2011, cuando aún era regidora la socialista Isabel Fernández, el interventor municipal realizó un amplio informe en el que alertaba de la situación irregular de la gestión indirecta de la recaudación, advirtiendo de que en el contrato con el cobrador local se le otorgaba al mismo «el carácter de funcionario» cuando nunca se hizo un proceso de selección, a la par de informar a la Corporación saliente -las elecciones fueron el 22 de mayo, pero el relevo en la Alcaldía no fue hasta el 11 de junio- de la «excesiva duración del contrato» y recomendar ya su rescisión, rescatando el servicio con medios municipales, llegando a detallar, incluso, instrucciones precisas para ello.
Pese a todo, la situación irregular del recaudador se prorrogó otros cinco años más y, durante esos periodos, gobernaron las dos alcaldesas contrapuestas, Esther Merino (PP), entre 2011 y 2015, e Isabel Fernández (PSOE), desde junio de 2015, aunque es esta última quien puso fin a la irregular situación, el pasado año.
Por contra, en las testificales de la exalcaldesa y actual concejal del PP Esther Merino, ésta llegó a admitir que se mantuvo al recaudador «a pesar de la situación irregular» porque entendía que era «necesario». Reconoció incluso, según el juez, que del acuerdo de reducción de porcentaje de 2012 -reunión en la que estuvo también presente el entonces primer teniente de alcalde- «no se dejó nada por escrito ni se ratificó». Además, mantuvo la exregidora que tuvo conocimiento de la situación irregular del recaudador pero que lo mantuvo «por un tema personal, ya que lo conocía y tenía una relación personal», adujo. También declaró Merino que «no se sometió al órgano competente porque sabía de la situación irregular en el tiempo» del cobrador y que si se hacía un nuevo contrato «se podría entrar en fraude de Ley», reconoció.
En el caso de Esther Merino, si finalmente el Ministerio Público cursa tramitación de la denuncia por prevaricación -tras reconocer la senadora que conocía la situación irregular del recaudador- tendrá que remitirse el caso a la Fiscalía del Tribunal Supremo al ser la senadora aforada.
Un testimonio que el magistrado acuerda remitir inicialmente a la Fiscalía de Cantabria, junto con el informe de Intervención de 2011; del expediente administrativo ;y de la grabación de la vista oral «por si los hechos fueran constitutivos, entre otros, de un delito de prevaricación administrativa», resume. El juez Acayro considera documentada «la adjudicación ilegal de un contrato de gestión durante casi treinta años», a pesar de la advertencia expresa del interventor sobre esta situación irregular. A ello suma, también, los «testimonios que corroboran su conocimiento por los responsables y el mantenimiento de la misma» en el tiempo.
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