Secciones
Servicios
Destacamos
La casa de Parbayón, la que desde hace trece años viene asombrando cada Navidad a vecinos y visitantes de dentro y fuera de Cantabria por su decoración, podría no volver a encenderse. Es lo que todavía tiene en duda el propietario de la vivienda, ... Francisco Cano, después de que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santander haya desestimado el recurso que presentó contra la resolución del Ayuntamiento de Piélagos en la que se le advertía de que debería cumplir a la Ley de Espectáculos de Cantabria y pedir licencia si sobrepasara la mera acción decorativa y congregara a tanta gente frente al inmueble.
«Ha sido un chasco, la verdad. Pero esto es... ¡España!», lamentaba ayer el propietario de la vivienda, que descartó llevar a cabo este año su hobby navideño si tiene que acogerse a esta ley. Ni siquiera tiene decidido presentar recurso de apelación -como es su derecho-, según aseguró ayer a El Diario Montañés. «Vamos a estudiar qué hacer, pero desde luego no puedo asumir lo que se pretende bajo esa ley», dijo Cano, que lo que sí que tendrá que afrontar ahora son los 800 euros por el pago de costas.
El veredicto judicial ha puesto en jaque la continuidad de su espectáculo visual y ha llenado de desánimo a este vecino de Parbayón -de profesión electricista-, conocido dentro y fuera de Cantabria por su afición a iluminar la Navidad y de un tiempo a esta parte, también Halloween y el Día de los Enamorados.
El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo ha fallado a favor de la advertencia que le trasladó el Ayuntamiento de Piélagos en diciembre del pasado año y que se fundamentaba en el problema de seguridad vial que se generaba en la carretera colindante, la N-623, por aquellos curiosos -que se contaban por cientos en más de una ocasión- que dejaban sus vehículos mal estacionados para disfrutar de cada uno de los 'pases' que ofrecía este hombre. Un «grave» peligro para la seguridad vial como lo tildó en su momento la jefatura provincial de Tráfico y que ha tenido en cuenta el magistrado.
Y es que, aunque el vecino solicitaba en su demanda la nulidad de la resolución municipal y pedía que se declarase su derecho fundamental a decorar su vivienda durante la Navidad, «dentro del libre ejercicio de su fe religiosa», el juez no ha atendido ninguna de sus pretensiones.
Según señala el titular del juzgado, la advertencia municipal «no incurre en ningún motivo de nulidad o anulabilidad», ya que «las actividades privadas dejan de serlo cuando trascienden del ámbito puramente personal, familiar o del círculo de amistades para afectar a intereses de carácter general como la seguridad vial, el uso de espacios públicos, la seguridad pública, el orden público u otros bienes de carácter general». Además, el veredicto entiende que el vecino «pretende que, de alguna manera, se anticipe un juicio de que si se produjera algún tipo de daño o perturbación de la seguridad general o del orden público él no será responsable». Pues bien, «este juzgador no puede pronunciarse sobre una eventual conducta futura que aún no se ha producido. No se puede afirmar que en el futuro el actor no llegue a desplegar una actividad susceptible de ser considerada espectáculo público».
En este sentido, le recuerda que, si así sucede, «el Ayuntamiento estará obligado a actuar y no cabe pretender una sentencia que impida en el futuro esta actuación».
La duda entre si lo que hace cada Navidad este vecino en su casa es un espectáculo o no sigue revoloteando. «No está claro que deba cumplir la ley», dijo el alcalde de Piélagos, Carlos Caramés, explicando que la sentencia «habla de supuestos» y que ésta «se ampara en el proceso administrativo y no aclara si debe cumplir o no con dicha ley».
Según un experto en planes de autoprotección para eventos, Eleodoro Corral, y desde el punto de vista del cumplimiento legal, la actividad implicaría tener un seguro de responsabilidad civil; seguridad privada en función de la asistencia (más de 1.000 personas); garantizar la seguridad y salubridad de los asistentes, desde diversos puntos de vista ante los riesgos que pudieran producirse en el entorno (incendios, evacuaciones o cualquier otro tipo de riesgo).
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.