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El Ayuntamiento de Piélagos aprobará próximamente una modificación de las ordenanzas municipales para simplificar y reducir los trámites de las licencias de obras. De esta ... forma, para la ejecución de obras menores sobre edificaciones, construcciones e instalaciones existentes ya no será necesaria la solicitud de licencia de obra sino que bastará con presentar una 'Declaración responsable'.
Este anuncio fue realizado ayer por el alcalde, Carlos Caramés, quien ha reiterado el compromiso del actual equipo de gobierno tanto con la mejora de la eficiencia de la Administración Local como con la agilización de los trámites a los ciudadanos, ha indicado el Consistorio en nota de prensa.
Con este objetivo, una de las primeras medidas que han puesto en marcha, ha sido la modificación de las ordenanzas municipales para permitir el uso de la 'declaración responsable', simplificando así la gestión de las licencias.
También las obras de reforma o rehabilitación sobre edificaciones, construcciones e instalaciones existentes que precisen de proyecto se beneficiarán de la nueva normativa. No podrán hacerlo si se encuentran fuera de ordenación, si se alteran los parámetros de ocupación y altura o si conllevan incrementos en la superficie construida o el número de viviendas.
Además, estarán excluidas edificaciones que dispongan de algún tipo de protección conforme a la normativa de patrimonio cultural o para las que sea exigible la obtención de licencia, según alguna otra legislación sectorial.
Junto con estas limitaciones, se incluirán en este nuevo régimen los cambios de uso en todo o parte de las edificaciones, siempre que el planeamiento urbanístico no lo impida, así como todas las aperturas de actividades inocuas, es decir, aquellas que no están sujetas a control ambiental.
En la nueva ordenanza se regulará de manera detallada este nuevo sistema y se recogerán los impresos tipo que deberán ser presentados en el Ayuntamiento junto con la documentación complementaria requerida, tanto para las obras como para las aperturas de actividades.
Caramés ha destacado que la mera presentación en el Registro municipal o en la sede electrónica de la totalidad de la documentación requerida «surtirá plenos efectos desde el mismo momento, de manera que se podrán ejecutar las obras o iniciar la actividad al quedar resuelta su tramitación en el acto».
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