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El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso de casación del Gobierno de Cantabria sobre el último auto del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), de diciembre de 2016, por el que se acordaba la ejecución de sentencia de derribo del edificio ... Las Torres en Escalante. El Ejecutivo cuestionaba el artículo 108.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que hace referencia a las garantías que ha de establecer el juez con respecto al cobro de indemnizaciones, que en este caso superan los 3,6 millones de euros. Mientras tanto, el Ayuntamiento apura los tiempos para aprobar el Plan General Urbano (PGOU). La última baza, aunque sin garantía total, para salvar las 32 viviendas.
De hecho el Ayuntamiento de Escalante ha hecho ya los deberes y ha atendido el último requerimiento de la Comisión Regional de Urbanismo y Ordenación del Territorio (Crotu) para que este organismo dé el visto bueno a la aprobación definitiva del planeamiento. Es la segunda vez que el Plan se envía para ser ratificado al citado organismo regional, tras subsanarse otro requerimiento, por lo que se espera que, esta vez, se cumplan todos los requisitos y pase el listón del organismo regional. «Nuestro deseo es que se ajuste a lo que nos ha pedido la Crotu, ya que hemos aceptado todo lo que nos pedían y lo apruebe definitivamente», indicó a éste periódico el regidor, Juan José Alonso Venero (PP), quien espera llevar este tema a Pleno «a lo largo de este mes de diciembre» dijo.
No obstante, el alcalde no quiere lanzar campanas al vuelo aún, ya que recordó que aprobar el plan no significa que los jueces paralicen los derribos, aunque opina que podría ayudar. «El plan puede ser un instrumento para que los tribunales puedan dictar una inejecución de sentencia, pero al final depende de la interpretación que haga el juez», explicó Alonso.
Respecto al recurso de casación del Ejecutivo frente a la sentencia de demolición, el Supremo lo que ha hecho es rechazarlo y «dictar doctrina» en un aspecto que afecta fundamentalmente a la valoración de las indemnizaciones, según interpreta el servicio jurídico municipal.
El Gobierno de Cantabria presentó el citado recurso al considerar que no se interpretaba correctamente el artículo 108.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en lo referente a las garantías en relación con las indemnizaciones. Un asunto en el que ha habido cierta polémica «por la forma de asegurarlo y también de determinarlo» ya que cuando se produce la sentencia «todavía no había una tesis fijada por el TS», explican.
En este sentido, el Gobierno de Cantabria lo que defendía es que se fijasen las cantidades indemnizatorias y se determinasen las mismas «con exactitud» en ese auto. Por el contrario, tanto el Supremo como el TSJC no lo ven así, ya que lo que establecen es que «no es necesario» realizar una determinación minuciosa del importe de las indemnizaciones porque, en realidad, de lo que se trata es de que el tribunal se cerciore de que «existe una capacidad económica suficiente», por parte de las administraciones condenadas (Gobierno de Cantabria y Ayuntamiento) que «garantice» que los afectados -llegado el momento del derribo- van a cobrar sus indemnizaciones «y por tanto que hay recursos suficientes para afrontar» ese gasto.
En el auto de la ejecución de sentencia de demolición del edificio que emitió el TSJC en 2016, el magistrado dictó una estimación de indemnización en base al precio de compra de cada inmueble, a lo que se sumaban los impuestos y gastos derivados de esa adquisición, más un incremento del precio inicial del 30%. Una fórmula que ahora se consolida como válida por el TS, tras rechazar el recurso del Ejecutivo. Es por ello que el paso siguiente que se podría requerir por la justicia de inmediato, es que se aporte toda la documentación (escrituras, impuestos...) y se determine lo que costó cada una de las 32 viviendas, garajes y locales afectados para que ambas administraciones aporten garantías de que van a disponer de ese efectivo cuando llegue el momento.
Si la aprobación definitiva del PGOU no garantiza, finalmente, que el edificio se salve, tanto el Gobierno de Cantabria como el Ayuntamiento de Escalante ya tienen previsto un método de pago a medias de los más de 3,6 millones de euros que se desembolsarán para las indemnizaciones a terceros, haciendo frente a la responsabilidad patrimonial a la que han sido condenados. De hecho, en 2015 ambas administraciones firmaron un convenio para garantizar los derechos a afectados por el derribo de Las Torres «al 50%».
Partiendo de la cifra original que recoge el convenio del Parlamento, el Gobierno y el Ayuntamiento se enfrentarían cada uno de ellos a una responsabilidad patrimonial de 1.843.395 euros que, en principio, abonaría el Ejecutivo, mientras que el Consistorio pagaría su parte a lo largo de 25 años, lo que supondría 73.735 euros anuales.
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