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El caso del doble crimen de Liaño, en el que Eva Jaular (40 años) y su bebé (11 meses) fueron brutalmente asesinadas supuestamente por José Reñones –expareja de la primera y padre de la segunda–, todavía sigue a la espera de juicio después de ... dos años.
Ayer, 16 de diciembre, se cumplieron esos 24 meses desde que se produjera el último supuesto crimen machista en Cantabria, al que se sumó la trágica muerte de un indefenso bebé.
El pasado mes de septiembre, la Guardia Civil dio por finalizada la investigación y su conclusión definitiva es que el único sospechoso hasta ahora y en prisión provisional desde el 17 de diciembre de 2021, José Reñones, es el autor de los hechos. Y así los plasma la Policía Judicial en un atestado que recoge hasta ocho indicios que acorralan al detenido.
Según la reconstrucción de los hechos que han realizado los investigadores, Eva Jaular había decidido finalizar la convivencia con Reñones, reanudada a mediados de noviembre de 2021 pese a que entre ambos existía una orden de alejamiento en vigor como consecuencia de una denuncia previa por malos tratos en el ámbito familiar. Este hecho se lo comunicó Eva a su prima en una conversación de WhatsApp en la que trasmite el profundo temor que le provoca la conducta de su expareja al temer una reacción violenta hacia ella o su hija.
En la tarde del 15 de diciembre de 2021, Eva concierta una cita con un hombre con el que había tenido relaciones anteriormente, con el que acuerda verse en la tarde-noche del día 16 (el día del crimen), aunque el encuentro no llegó a producirse.
A las 14.04 horas del día 16, Eva llama a la Guardia Civil y comunica que su expareja se encontraba en la vivienda de Liaño. Tras acudir la patrulla y no poder acceder al domicilio, solicitaron a Jaular que les proporcionase las llaves de acceso y que abandonase el lugar hasta que realizasen las oportunas gestiones. Cuando accedieron a la vivienda, la patrulla se encontró en su interior a Reñones, que recogió sus pertenencias, entre las que se encontraba su móvil, y abandonó la casa, siendo citado para comparecer al día siguiente, 17 de diciembre, en el cuartel de El Astillero para la instrucción de diligencias por un delito de quebrantamiento de condena. «Esta actuación de la patrulla de la Guardia Civil deja patente que Reñones abandonó el domicilio de Eva sobre las 16.15 horas, cuando ella no estaba en su interior, y que la casa estaba ordenada y sin desperfectos visibles en el mobiliario».
Según la declaración de una testigo, tras abandonar la vivienda Reñones volvió sobre sus pasos una vez que la Guardia Civil se marchó de la zona, y sobre las 16.30 horas vio de nuevo al investigado regresando hacia el domicilio e introducirse en el garaje de la vivienda. Otra testigo afirma que observó a Reñones andando por la carretera principal en dirección a la localidad de Liaño para, posteriormente, volver sobre sus pasos en dirección a San Salvador, donde posiblemente se «volvió a introducir en su domicilio». Este extremo se ratifica con el estudio de ubicación del terminal del investigado, que lo ubica en la zona de la vivienda en dos tramos horarios, entre las 16.17 y las 17.28 h. Posteriormente, tras un periodo de inactividad, le vuelve a situar en la vivienda a las 18.32 horas.
Sobre las 17.00 horas de ese día, según el informe de ubicación de los dispositivos y la manifestación de una testigo, Eva regresa a su domicilio junto a su hija y cuando acceden a él se encuentran en su interior a Reñones. La autopsia establece la data de la muerte de ambas entre las 17.00 y las 21.00 horas. Por lo tanto, los agentes estiman que la agresión que provoca el posterior fallecimiento de madre e hija se produce en un periodo temporal aproximado comprendido entre las 17.08 y las 17.44 horas, en un momento cercano a su llegada al domicilio. «Reñones agredió a ambas utilizando un arma blanca, golpeando a Eva y estrangulando al bebé».
En un auto reciente en el que acuerda prorrogar dos años la prisión provisional del detenido, el juez –que apunta que los hechos pueden ser castigados con la pena de prisión permanente revisable– señala que la instrucción se ha prolongado durante casi dos años debido a la «dificultad de diversas diligencias de investigación» de carácter tecnológico (informe de geolocalización de teléfonos móviles y volcado de los mismos), «demora que hace imposible que la causa pueda ser juzgada en los plazos previstos legalmente».
l magistrado Fernando Vegas ha convocado a las partes del caso de Liaño a una vista que se celebrará el miércoles, día 20, para que den a conocer qué delitos imputan las acusaciones al investigado, José Reñones.
En esta comparecencia intervendrá, en primer lugar, la Fiscalía y, después, las acusaciones particulares. Ambas deberán concretar la imputación frente al procesado, que participará por videconferencia desde la prisión de Dueñas (Palencia) donde se encuentra. Seguidamente, el magistrado oirá al letrado de Reñones, que manifestará lo que estime oportuno en su defensa y podrá instar el sobreseimiento, si hubiere causa para ello, conforme a lo dispuesto en los artículos 637 y 641 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En sus intervenciones, las partes podrán solicitar más diligencias de investigación si así lo estiman. Aunque por parte de las acusaciones parece prácticamente improbable que esto ocurra.
En cambio se desconoce, por el momento, si la defensa plantea al instructor alguna otra pesquisa a practicar.
De no darse finalmente esta posibilidad, el siguiente trámite sería que las acusaciones presentaran los correspondientes escritos provisionales de calificación de los hechos, fijando la pena que solicitan, mientras que el abogado de Reñones tendría que presentar el correspondiente escrito de defensa. Con todo ello, el juez podría acordar la apertura de juicio oral por el procedimiento del tribunal del jurado, encargado de enjuiciar al acusado.
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