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El alcalde regionalista de Hazas de Cesto, José María Ruiz Gómez, ha sido condenado a ocho años de inhabilitación por un delito de prevaricación ... en el ejercicio de sus funciones como regidor municipal. Ese es el hecho objetivo, que no podrá ejercer empleo o cargo público como miembro del ente local, así como «para cualquier otro cargo público que dependa de su elección democrática» salvo que prospere el recurso que tiene intención de presentar ante la Audiencia de Cantabria. La duda es cuándo empieza a ser efectiva la decisión del Juzgado de lo Penal número 4 de Santander. Si se ejecuta antes de que haya una sentencia firme y entonces tiene que dejar el puesto de forma inmediata.
Eso es lo que tiene que resolver el informe jurídico que ha encargado el PRC. «Vamos a ver qué dice. Queremos tenerlo claro antes de hacer nada porque los expertos parecen que no tienen un criterio único», apunta la secretaria de Organización del partido y consejera de Presidencia, Paula Fernández Viaña. Este informe estará elaborado en unos días y marcará los siguientes pasos. Lo que dice la formación es que, si a tenor de la interpretación de la ley los jurídicos apuntan que tiene que producirse el cese de Ruiz Gómez, tanto el PRC como el propio alcalde están dispuestos a asumirlo y podrán todas las facilidades para que así sea. «Si dice que tiene que dimitir, dimitirá», resume Fernández.
Menos dudas tienen en el PP. «Hay una sentencia y parece que es bastante clara. No tiene sentido demorarlo más en el tiempo», apunta el portavoz popular en Hazas de Cesto, Alberto Gayo. Y se basan en el antecedente más reciente, el de un compañero de su partido, el alcalde de Santa María de Cayón, Gastón Gómez. En su caso, la inhabilitación fue de nueve años por un delito continuado de prevaricación. El PP analizó la situación y, con la Ley Electoral en la mano, concluyó que no había otra salida que la dimisión. Según interpretaron entonces e interpretan ahora tras analizar la norma, aunque la sentencia no sea firme –porque cabía recurso, al igual que en este caso–, tiene efectos desde el primer momento.
Jurídicamente no es una dimisión como tal. A grandes rasgos, el procedimiento consiste en celebrar un pleno municipal en el que la corporación se dé por enterada de la sentencia, pida a la Junta Electoral que el acta de concejal pase al siguiente de la lista (en Hazas de Cesto, de la candidatura regionalista) y se proponga el nombre del nuevo alcalde. Así que lo que pide Gayo es que Ruiz Gómez convoque ya ese pleno extraordinario para que se pueda celebrar la próxima semana, como muy tarde. De lo contrario, el PP tomará acciones legales.
El caso por el que se juzga a Ruiz Gómez no es por acción sino por omisión o «pasividad», como señala la magistrada Amaya Merchán en la sentencia. El regidor decidió no actuar a requerimiento de un vecino que denunció unas obras ilegales por carecer de proyecto y licencia junto a su finca. Las mismas pasaron de ser un movimiento de tierras junto a una cuadra en 2005 a una reforma integral para transformarla en vivienda ese mismo año. Durante cinco años, el alcalde no contestó a los escritos del denunciante, hasta que lo hizo la secretaria municipal, que confirmó las sospechas.
El código ético del PRC obliga a abandonar el partido a los cargos que hayan sido condenados por delitos de corrupción. Lo que ocurre es que este asunto urbanístico no encaja dentro de esa categoría. Como dijo el sábado el presidente Revilla, los regionalistas defienden que «este hombre es absolutamente honrado». Porque puede haber actuado de forma incorrecta desde el punto de vista administrativo, pero «no se ha llevado dinero».
Lo que no se sabe es qué está haciendo el Ayuntamiento para deshacer este entuerto jurídico. El alcalde sigue sin hablar públicamente y, a través de fuentes municipales, tan solo reitera que confía en que la Justicia le dé la razón y que sus abogados recurrirán la sentencia porque consideran que «no están acreditados los hechos por los que fue condenado ni son constitutivos del delito por el que se le acusaba».
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