Secciones
Servicios
Destacamos
No se puede imponer una multa a alguien que siguió el procedimiento impuesto por la propia administración que lo imputa. Ésta es la primera conclusión que se puede extraer de la resolución emitida por el Gobierno de Cantabria, a través de la Dirección General de ... Biodiversidad y Medio Ambiente, el pasado 7 de agosto contra un expediente sancionador impuesto a Maderas Ison S. L., empresa que taló el conocido como Bosque de Loredo. La compañía se enfrentaba a una sanción económica de hasta 200.000 euros por una infracción administrativa «tipificada como grave», al no proceder a la retirada de especies alóctonas en base a una orden tardía de la entonces Consejería de Medio Natural, a través de la Dirección General del mismo área.
Este el último capítulo a sumar a un caso que se abrió tras una protesta vecinal, ocurrida en febrero de 2017, por una «tala indiscriminada» de especies en la zona conocida como Bosque de Loredo. La finca privada, de 44 hectáreas, se en cuenta dentro de la zona sensible de servidumbre de Costas donde la entonces Consejería de Medio Rural, a través de la Dirección General de Montes, dio permiso para la polémica tala de 630 pinos y 840 eucaliptos. La presión vecinal, organizada a partir de ese momento en la Plataforma SOS Bosque de Loredo por las consecuencias de esa actuación autorizada en la linea roja del Plan de Ordenación del Litoral (servidumbre de Costas), hizo reconsiderar a los entonces responsables políticos el asunto cuando ya era tarde, puesto que la tala ya estaba hecha y la zona limpia. Y es que previamente, la Consejería que dirigía Jesús Oria (PRC), a través de la Dirección General de Medio Natural daba permiso sin problema a la solicitud de la tala, con el visto bueno del propio Ayuntamiento.
Ha llovido mucho desde el 23 de enero de 2017, cuando la empresa Maderas Ison S. L presentó la documentación para la corta de cuatro parcelas (44 hectáreas) en el Servicio de Montes y, tras pasar los 15 días que marca el Reglamento de este departamento, inició la tala que, posteriormente se declararía «ilegal» por la Crotu. Hoy ya se sabe (porque hay hasta dos resoluciones distintas coincidentes) que contaba con los permisos para hacer lo que hizo, y que la Consejería de Medio Natural, separada entonces de la de Medio Ambiente, «no indicó reparo alguno» al permiso solicitado para la corta inicial que desembocó en la protesta. Esta última resolución viene a dejar sin efecto o cuestionar el requerimiento del 9 de marzo de 2017 a Maderas Ison por parte de la Dirección General de Medio Natural. En ella se instaba a la empresa al tratamiento y retirada de plantas alóctonas en la zona de corta, algo que se hacía tras la polémica pública abierta por la tala y tras paralizar la misma, para volverla a reactivar días después y volver a pararla. El procedimiento sancionador que instruyó Medio Natural contra la empresa no tenía «fundamento legal», ya que se pedía a Maderas Ison algo que ya no podía hacer porque la resolución emitida «se otorgó con posterioridad a la ejecución de los trabajos de limpieza de las fincas previas a la corta».
Así, la instructora del expediente sancionador que Medio Natural reactivó en febrero de 2019 -tras las protestas de la Plataforma SOS Bosque de Loredo porque se había dejado caducar el expediente- consideró que no había caso para multar ya que tras «contrastar la información» y las alegaciones presentadas «no considera a Maderas Ison responsable de la infracción prevista, proponiendo el sobreseimiento del procedimiento sancionador».
En la misma resolución, el ahora director general de Bodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático, Antonio Lucio, muestra su «conformidad» con la misma, a pesar de que fue un expediente que se abrió bajo su mandato como director general de Medio Natural en la anterior legislatura.
La empresa afectada y la Concursora de Emilio Bolado ya fueron exoneradas de otras sanciones previstas por parte de la Consejería de Medio Ambiente que, en noviembre de 2018 ya dijo que no había habido «dolo o culpa» aunque la tala fuese tipificada como «ilegal» porque el comportamiento de las administraciones implicadas (Ayuntamiento de Ribamontán al Mar y Dirección General de Montes o Medio Natural) pudo inducir a «error» a las empresas y a actuar como lo hicieron.
En aquella resolución Medio Ambiente sí que instaba a la propietaria de los terrenos, la concursal de Emilio Bolado, a presentar un plan de reforestación de la zona y así se ha hecho ya, pendiente de ejecutar.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.