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El embarcadero de la ría de Cubas, aquel que el Gobierno de Cantabria estaba ejecutando en 2021 a petición del Ayuntamiento de Ribamontán al Monte y cuyas obras quedaron paralizadas tras una denuncia de Ecologistas en Acción, es legal. Así lo respalda el Tribunal ... Superior de Justicia (TSJC) en su fallo dado a conocer los últimos días en el que desestima las alegaciones de los conservaciones y da la razón tanto a la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (Crotu) como al Consistorio. La sala de lo contencioso-administrativo sostiene que el proyecto se planteó con todos los permisos pertinentes y que los denunciantes no han podido demostrar que la actuación cause perjuicios ambientales.
En la sentencia, en la que se imponen las costas a Ecologistas en Acción y para la que todavía cabe recurso de casación ante la misma sala del Tribunal Superior de Justicia, avala que el embarcadero de Cubas para deportes náuticos sí era ejecutable. Su construcción, tras la denuncia en 2021, quedó suspendida cautelarmente por orden judicial en lo que se dirimía el asunto, cuando las obras estaban ya prácticamente finalizadas a salvedad de la instalación de la plataforma flotante y otros remates. Así que ahora, tras más de dos años interrumpidos y mantenerse el espacio sin uso, las labores podrían retomarse.
La parte denunciante esgrimía que la zona en cuestión es un espacio incluido dentro del Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) del río Miera y recordaba que se trataba de un suelo de especial protección. Incidían al mismo tiempo en que las labores conllevaban una eliminación de vegetación y que la fauna podía verse también afectada (sobre todo a «la riqueza ornitológica de la zona»), porque la infraestructura, aunque estaba pensada para embarcaciones sin motor, podía atraer más a las «ya frecuentes» embarcaciones con motor en ese entorno. Asimismo, aludían a que en la tramitación del proyecto incurrieron en «infracciones».
No obstante, el tribunal no respalda dichos argumentos y da la razón a la administración, que afirma que «el expediente cuenta con todos los informes sectoriales favorables exigibles y que la actuación no perjudica los intereses medioambientales y ecológicos». La sala expone, con apoyo de un informe pericial judicial, que «la pequeña plataforma» está preparada para «embarcaciones deportivas con piraguas, kayaks y tablas de paddle surf». Inciden que el proyecto, que incluía la construcción de un pequeño aparcamiento y mejora de accesos, pretendía una recuperación y puesta en valor de la zona fluvial con «una mínima intervención», puesto que además históricamente ya existía un embarcadero de madera antiguo en ese mismo punto y se respetaba el arbolado presente. Por todo ello, consideran que «no existe ninguna afectación al LIC» y que «no se ha probado la afección alegada». De hecho, recrimina que el recurso se basa en «informes periciales muy generales y abstractos tanto respecto a la zona geográfica a la que se refieren como a las afecciones ambientales que denuncian».
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