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El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santander ha denegado al todavía alcalde de Santa María de Cayón, Gastón Gómez (PP), las medidas cautelares solicitadas sobre la suspensión del acuerdo del pleno del 23 de diciembre, en el que se daba cuenta de ... su situación jurídica para activar el proceso para sustituirlo tras la sentencia que lo inhabilitaba por prevaricación. El regidor había presentado un recurso contencioso administrativo contra ese acuerdo y, mientras se resolvía, había pedido la suspensión de la ejecución de ese acuerdo que ahora se le deniega. La próxima cita en el juzgado para resolver el contencioso será el 26 de marzo.
El alcalde de Cayón solicitó el pasado enero medidas cautelares al juzgado tras considerar que se podrían vulnerar sus derechos en tanto en cuanto no se resolviese el recurso de la Audiencia Provincial sobre la sentencia que lo ha inhabilitado nueve años por prevaricación administrativa en el caso de los contratos 'a dedo'.
En realidad, el Pleno que recurrió Gastón Gómez no tenía ningún contenido pero sí era el primer paso para convocar otra sesión y elegir un nuevo alcalde. Cabe recordar que aunque la sentencia que lo inhabilita no es firme, el proceso marcado por la jurisprudencia ya existente en estos casos tras la reforma de varios artículos de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg), marca el relevo del cargo sin esperar al recurso.
El auto del titular del Juzgado de lo Contencioso número 2 lo deja claro: en el caso del alcalde de Cayón «no se aprecia que concurran los requisitos legales indicados» para solicitar las medidas cautelares que Gómez pedía al objeto de paralizar el proceso, en tanto en cuanto se resolvía el recurso a la sentencia». Y no hay motivación porque, según el magistrado, en caso de no adopción de las medidas, «no se ocasionaría un perjuicio irreparable». Además, el juez estima que tampoco concurre un peligro derivado del retraso para la resolución del procedimiento porque la vista principal para resolver este tema está señalada para el 26 de marzo, es decir, para dentro de apenas seis semanas «lo que es un plazo razonable para resolver sobre el fondo del asunto», incide. Por último, cree el magistrado que tampoco hay vulneración alguna del interés general que estaría garantizado «mediante la revisión judicial en dos órdenes jurisdiccionales de las actuaciones de la Administración», concluye.
El auto, fechado el pasado 15 de febrero, condena en costas al alcalde, pero también le da la oportunidad, en el plazo de 15 días desde la notificación, de poder interponer un recurso de apelación sobre el mismo mientras llega el juicio del 26 de marzo que resolverá el contencioso del Pleno.
A efectos prácticos toda esta maraña judicial lo que hace es ralentizar o estirar los plazos del proceso de convocatoria del segundo pleno en el que, según el procedimiento, los concejales de Santa María de Cayón están llamados a elegir a otro alcalde, o bien el siguiente de la lista de Gastón Gómez (su número dos), o aquel que propongan los suyos por consenso. Un nombre, el del sustituto (mujer u hombre) que aún sigue en el aire, por el celo que ha puesto el equipo de Gómez para no pronunciarse al respecto o descubrir las cartas antes de tiempo. Aunque el alcalde en funciones es Francisco Viar desde el pasado verano, este edil no es el segundo de la lista por lo que todas las posibilidades siguen abiertas hasta que el juzgado resuelva.
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