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El Jurado Popular ha declarado al acusado de apuñalar a un hombre en la calle Barcelona de Santander culpable de causarle la muerte, si bien considera que no actuó con «intención directa» de acabar con la vida de esta persona. El Jurado entiende además que ... tenía levemente afectada su capacidad para ser dueño de sus actos, por el consumo de cocaína y alcohol.
En esta causa también se acusa al primo de este principal encausado, al que se atribuye un delito de maltrato de obra por pegar a la víctima en la cabeza cuando estaba ya en el suelo.
Este viernes a última hora se ha dado a conocer el veredicto del Jurado, que tras una semana de juicio ha considerado, por mayoría de todos sus miembros menos uno, que el acusado propinó varias puñaladas a la víctima, que tenía 38 años y era padre de un hijo. Una de esas puñaladas la asestó «con gran fuerza» en la parte izquierda del tórax y le provocó la muerte, según ven como probado los miembros del Jurado.
Pero el portavoz ha precisado que no creen que el acusado actuara con intención directa de acabar con la vida del fallecido, «si bien asumió el resultado».
El Jurado, por unanimidad, no cree que se haya probado que el acusado matara a esta persona estando desarmada, sin que se lo esperara, de forma sorpresiva y sin que tuviera posibilidad de defenderse, tal y como se recogía en uno de los puntos del objeto del veredicto.
Una vez que se ha conocido el veredicto, la magistrada-presidenta redactará la sentencia de acuerdo con lo que han determinado los miembros del Jurado.
Los hechos ocurrieron a las 9.25 horas del 18 de agosto de 2018, cuando el acusado coincidió con la víctima, de 38 años, a la salida de un pub de la calle Barcelona de la capital.
Todos los miembros del Jurado menos uno consideran probado que hubo una discusión entre ellos que fue subiendo de tono y en la que hubo empujones mutuos. Los miembros del Jurado han tenido en cuenta las primeras declaraciones de los testigos, en los inicios de la investigación, porque entienden que entonces no estaban «influenciados».
Por unanimidad, el Jurado entiende que el primo del principal acusado dio al menos una patada en la cabeza a la víctima, pero no piensa que lo hiciera despreciándole o «buscando humillarle». Y ha determinado que también tenía levemente afectada su capacidad por el consumo de alcohol y cocaína.
Tras escuchar el veredicto, la Fiscalía ha rebajado la pena de 20 años de cárcel que había pedido inicialmente para el principal acusado a 12, como ya adelantó ayer, pero mantiene las cantidades demandadas como indemnización, y la acusación particular, que ejerce la familia del fallecido, se ha adherido a esa petición.
Mientras, la defensa ha insistido en pedir una sentencia absolutoria para el principal acusado, porque sostiene que no hay pruebas «directas ni indirectas» que acrediten la culpabilidad de su cliente.
La defensa del primo ha compartido estos argumentos, también ha pedido la absolución, y ha solicitado que, en caso de condena, se tengan en cuenta las atenuantes con la consiguiente rebaja de condena.
El Jurado ha rechazado por unanimidad que se concedan al acusado los beneficios de la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad que se le impongan, e igualmente todos sus miembros se oponen a que se proponga al Gobierno de la nación el indulto.
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