Secciones
Servicios
Destacamos
La titular del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santander ha desestimado la demanda presentada por el concejal del Ayuntamiento de Santander Antonio Mantecón, que concurrió a las pasadas elecciones municipales como candidato de Ganemos Santander Sí Puede y posteriormente fue expulsado ... de Ganemos y del grupo municipal de esta formación, pasando a la condición de concejal no adscrito.
En una sentencia notificada recientemente y contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cantabria, la magistrada razona que no se puede expulsar a quien no forma parte del partido, dado que el concejal no es afiliado de Ganemos sino de Santander Sí Puede. Sobre su expulsión del grupo municipal, señala que debe recurrirse en la vía contencioso-administrativa.
La expulsión de Mantecón de Ganemos fue el colofón de un desencuentro continuo con su compañera de filas Tatiana Yáñez-Barnuevo, con la que desde el inicio de la legislatura apenas se hablaban y que fue la que presentó el escrito de expulsión de su, por entonces, compañero de partido. Ambos provenían de Santander Sí Puede, una formación que no participó como partido político propiamente dicho en las elecciones porque no le dio tiempo a prepararse e inscribirse legalmente con esta única denominación. Por ello tuvo que recurrir, como hicieron innumerables candidaturas municipales en toda España, al amparo de Ganemos. Se da la circunstancia de que en los comicios, Ganemos consiguió en Santander dos ediles, ambos procedentes de Santander Sí Puede, pero tras la expulsión de Mantecón solo quedó Yánez-Barnuevo como concejala de Ganemos.
En su demanda contra esa expulsión, el concejal pidió la nulidad de la resolución así como «la reposición de la plenitud de sus derechos» como concejal electo de Ganemos Santander Sí Puede. Del mismo modo, alegaba que había existido por parte de Ganemos la vulneración de su derecho fundamental de asociación y acceso a cargo público.
Sin embargo, la juez explica en su sentencia que el demandante no era afiliado de Ganemos, sino que pertenecía al partido Santander Sí Puede y que fue como miembro de esta asociación como concurrió a las elecciones bajo el sello Ganemos Santander Sí Puede.
Añade que Ganemos, tal y como se presentaba en su página web, era un partido instrumental sin afiliados que prestaba su marca a otros partidos o grupos de ciudadanos para que, con trámites sencillos, pudieran concurrir a las elecciones, lo que hizo Santander Sí Puede al no haberse inscrito en el registro de partidos en plazo.
«Los partidos sólo pueden expulsar a quienes forman parte de los mismos, de modo que la expulsión de quien no es afiliado o integrante de la formación ningún efecto produce sobre el derecho de asociación -que en este caso se traduce en el de pertenencia a un partido político- del afectado por el acuerdo de expulsión», señala la resolución.
Junto a ello, indica la magistrada que «tampoco se ha vulnerado su derecho a acceder a cargo público, puesto que, a pesar de dicha resolución, sigue ostentando la situación de concejal, aunque sea con la condición de no adscrito».
Finalmente, en relación a la expulsión del grupo municipal, considera la juez que «es la voluntad del grupo la que decide sobre la adquisición o pérdida de tal condición, en base a la voluntad asociativa del mismo».
Y añade que «la única vía que tiene el expulsado de atacar el acuerdo es acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa, siendo pues cuestión que no puede ser resuelta en esta sentencia».
Para Mantecón, la sentencia se basa en dos aspectos que, a su juicio, «son contradictorios y están mal fundamentados«. Por un lado, da la razón al concejal cuando reconoce la ineficacia de la expulsión del partido ya que Mantecón no ha sido nunca afiliado de Ganemos. Pero, sin embargo, no anula la expulsión del concejal, dice.
Es decir, la juez resuelve la «ineficacia del acuerdo de expulsión» y, al mismo tiempo, declara que «carece de interés declarar su nulidad».
Antonio Mantecón ha mostrado su «estupefacción» al leer la sentencia y no entiende los argumentos de la juez. En este sentido cree que «no tiene sentido declarar ineficaz una expulsión y decir que carece de interés declarar su nulidad. Esa cuestión era el fundamento jurídico fundamental de nuestra demanda. Nuestra estrategia se basaba en que se había conculcado el artículo 73.3 de la ley de bases. Este artículo se refiere a que la expulsión del partido implica automáticamente la expulsión del grupo municipal. Y eso se juzgaba en este caso, no otra cosa», apostilla.
El concejal tampoco comparte la decisión judicial de remnitir a la vía contenciosa la expulsión del grupo municipal porque no hubo acto administrativo de expulsión y «si no hubo acto administrativo, ¿contra quién ponemos la demanda?».
«La sentencia es errática, contradictoria y produce una clara indefensión. Y eso que nos da la razón en casi todo. De hecho, en los hechos se demuestra que Ganemos es una marca instrumental sin afiliados y sin estructura de ningún tipo. Que el único partido real era y es Santander Sí Puede. Pero se confunden mucho las cosas. Quiero pensar que no ha existido mala fe en la resolución pero esperar a la sentencia y cuatro meses desde el juicio para desestimar una demanda e inhibirse está feo.«, concluye el concejal en nota de prensa
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.