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Tras conocer la sentencia, Eduardo Elorza, padre de Bret, barajó todas las posibilidades. Incluso la de abandonar la lucha judicial y «dejar las cosas como están», porque la carga emocional que ha soportado la familia del joven que perdió la vida en el ... brutal atropello en la calle Castelar de Santander en febrero de 2023 ha sido en todo este tiempo «muy pesada». Pero tan «incongruente» encontró la resolución, que ha anunciado que recurrirá ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).
La Audiencia Provincial de Cantabria impuso el pasado junio a Bryan Barroso Caso -autor material de la muerte- cinco años de cárcel por dos delitos contra la seguridad vial con el agravante de reincidencia y en concurso con un delito de homicidio imprudente. A Adrián Bedia Trueba -cooperador necesario-, le consideró responsable de varios delitos contra la seguridad vial en concurso con un delito de homicidio imprudente, por lo que recibió el castigo de cuatro años de prisión y la privación del derecho a conducir vehículos durante ocho años. Condenó también a ambos a indemnizar a la familia del chico de 19 años con una cantidad cercana a los 350.000 euros.
La familia de Bret, sin embargo, considera la pena insuficiente; pero sobre todo, lo que es más grave, cree que «existe una contradicción muy clara en el texto». Lo anunció también hace dos meses la abogada penalista Carmen Sánchez Morán cuando se dio a conocer la decisión del jurado popular; y lo repitió Eduardo Elorza cuando se difundió la sentencia. A lo largo de 129 páginas queda de manifiesto la condena por homicidio imprudente de los dos responsables de la muerte de su hijo pese a que en el texto se indica «claramente» que están condenados por «conducir con manifiesto desprecio a la vida de los demás, coincidiendo que con su conducta podían ocasionar un resultado dañoso contra otras personas». «Según entiendo yo con esto», manifestó el padre del joven fallecido, «con esta frase queda definido a la perfección lo que es un dolo». Pero no lo vio así la Audiencia Provincial y ahora el recurso que prepara la defensa del joven se centrará en acreditar que, efectivamente, lo hubo. La duración de las penas cambia sustancialmente dependiendo de ese detalle.
En un primer momento, el 19 del pasado mes, tras conocer la sentencia definitiva, el padre de Bret se mostró reticente a dar el paso: «Aún no sé lo que haremos. Esto es complicado porque ha sido un proceso agotador y no sé si tenemos fuerzas para continuar», remarcó Eduardo. Pero tras leer con detenimiento el texto, y antes de consumir el plazo de 10 días que permite la ley para manifestar la voluntad de recurrir la sentencia, ha dado el paso. «Creemos que es lo que tenemos que hacer», aseguró en frío, días después de la primera reacción en que llegó a calificar la resolución de «vergüenza e insulto».
Fue el pasado mes de mayo cuando los dos acusados fueron declarados culpables de homicidio imprudente y se les descartó como autores de un delito de homicidio con dolo eventual -el que se produce cuando alguien es consciente de los daños que puede provocar una conducta y aún así insiste en esa acción-. El punto generó mucha controversia y hubo juristas que señalaron que se daba una «contradicción palmaria».
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