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El caso del atropello mortal de Castelar, en el que perdió la vida el joven motorista Bret Elorza (19 años), sigue generando controversia jurídica después de que la Audiencia Provincial de Cantabria condenara a los dos acusados –Bryan Barroso y Adrián Bedia– a cinco y ... cuatro años y medio de prisión, respectivamente, por homicidio imprudente.
Este lunes se celebró la vista para tratar los recursos de apelación presentados por las acusaciones y una de las defensas en la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), encargada de resolverlos.
Durante el acto, la Fiscalía solicitó la anulación de la sentencia y la repetición del juicio ya que ha detectado una «clarísima contradicción» entre los hechos considerados como probados y la posterior sentencia que los califica de homicidio imprudente, pues sostiene que los dos conductores implicados eran conscientes de la probabilidad de tener un accidente.
En este sentido, recordó que la mayoría del jurado (siete frente a dos) consideró que los acusados conducían «con evidente desprecio por la vida de los demás, lo que implica que conocían la probabilidad de tener un accidente que implicase la muerte de otros usuarios de la vía pública».
«Eran conscientes de lo que hacían, aceptando el posible resultado», aseveró la fiscal, al tiempo que consideró que se ha hecho una «incorrecta calificación jurídica» al imputar imprudencia grave en lugar de dolo eventual. De hecho, entiende que la resolución judicial trata de «casar la imprudencia con el dolo haciendo un encaje de bolillos a lo largo de varias paginas que a veces chirría».
Por su parte, la acusación, que ejercen los familiares de la víctima, coincide en la contradicción y solicita que se les condene por homicidio doloso –cuando una persona es consciente de los daños y del resultado que se puede derivar de una cierta conducta, los acepta, y sigue realizando esa acción– en lugar de imprudente, pero discrepa con la Fiscalía al entender que «no procede la nulidad ni la repetición del juicio» para «subsanar» la sentencia.
Así, pide al TSJC que revoque el fallo de la Audiencia Provincial y eleve las penas a 13 años y 8 meses y a 12 años y 5 meses, respectivamente. «No es función del jurado calificar los hechos y el Tribunal Superior es el que puede corregir el fallo».
Mientras que la defensa de Barroso acepta la sentencia inicial, que califica de «prolija» y «trabajada», el letrado de Bedia pide que se revoque y se impute a su cliente por un delito de conducción temeraria y se le absuelva del de homicidio imprudente, que se le atribuye como cooperador necesario, ya que fue el otro conductor el que sesgó la vida de la víctima al impactar con ella.
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