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S. E.
Jueves, 27 de julio 2023, 11:50
La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la decisión del Juzgado de Instrucción n.º 2 de Santander de incoar un procedimiento del jurado popular en las diligencias que sigue contra dos conductores (Bryan Barroso y Adrián Bedia) que el pasado mes de febrero conducían ... por el centro de Santander realizando una carrera de coches y que acabó en la calle Castelar con la con la muerte de Bret Elorza, de 19 años. Uno de los dos conductores implicados, Barroso (sigue en prisión provisional), bien sea por la velocidad a la que circulaba o por las drogas y el alcohol que había consumido, perdió el control del coche en Castelar, lo que le hizo atravesar la mediana y colisionar de forma brutal contra el joven Bret, que iba en moto por el carril contrario. El impacto fue tan fuerte que Elorza murió en el acto.
En un auto notificado este jueves, la Sección Primera de la Audiencia Provincial desestima el recurso de apelación formulado por los dos acusados contra la decisión del juzgado de que el procedimiento fuera visto por un jurado popular, tal y como habían pedido el ministerio fiscal y la acusación particular. Ambas acusaciones consideran que los dos implicados en el accidente que se cobró la vida de Elorza podrían haber cometido un delito de homicidio con dolo eventual, en concurso con un delito de conducción temeraria agravado, esto es, con manifiesto desprecio por la vida de los demás.
Esta calificación supone, según reflejaba el magistrado de instancia en su auto, que aceptaban el posible resultado lesivo que pudiera derivarse de su conducción, en este caso, un homicidio consumado doloso, cuyo enjuiciamiento corresponde a un tribunal del jurado. Ahora, la Audiencia confirma esta decisión y es que «la conducción de los recurrentes, indiciariamente en el actual momento procesal, tiene encaje en el ámbito» de la conducción temeraria con desprecio a la vida, «sin perjuicio de la acreditación de los requisitos precisos del mismo, tras la valoración y ponderación del resultado de las pruebas practicadas en el acto del juicio».
Así, señala el tribunal que son «sumamente significativas las velocidades consignadas en el informe pericial» por parte de los dos vehículos. Además, se constata que ambos conducían habiendo consumido previamente drogas y, en el caso de uno de ellos, también alcohol.
Según el auto dictado este jueves por la Audiencia de Cantabria «existen elementos indicativos y constitutivos del delito» de conducción temeraria, que además «reviste caracteres compatibles» con ese delito en su modalidad agravada, de manifiesto desprecio por la vida de los demás. En este sentido, la Audiencia pone de relieve «la magnitud de la flagrante temeridad» y el «persistente trayecto en carrera, en vía urbana, principal, céntrica y concurrida». «Puede ciertamente entenderse asumido el intenso peligro percibido, con al menos indiferencia del probable resultado derivado de su comportamiento muy arriesgado», añade.
Finalmente, da respuesta al recurso del conductor que no impactó con la motocicleta, Bedia, que también se encuentra investigado aunque fuera de prisión, quien consideraba que no se le puede imputar el mismo delito de homicidio doloso porque, a su juicio, no tiene relación alguna con el fatídico resultado.
Sin embargo, el tribunal señala en su auto que, si bien realizó una frenada de emergencia, la velocidad que llevaba era «muy alta» e «íntimamente conectada con la previa conducción temeraria en la que ambos recurrentes participan». Indica, en este sentido, que la conducción temeraria era «aceptada por ambos implicados» y que «existe, conexión entre ambos».
El accidente mortal de Castelar ocurrió el pasado 3 de febrero, cuando el joven Bret Elorza, de 19 años, perdió la vida cuando circulaba con su ciclomotor por la citada calle santanderina, al ser arrollado por Bryan Barroso, que venía «picado» con otro conductor, Adrián Bedia y conduciendo sus respectivos coches a casi 100 kilómetros por hora. Elorza murió en el acto y Barroso, que sigue todavía en prisión provisional, dio positivo en cocaína, cannabis y metanfetaminas. El juez, en principio envió a la cárcel a los dos conductores implicados por «la entidad de la pena que los delitos llevan aparejada pone de relieve un evidente riesgo de que los imputados intenten sustraerse a la acción de la Justicia, que justifica la adopción de la medida solicitada por el Ministerio Fiscal». En el caso de Barroso, que conducía el vehículo que mató a Bret, el juez tuvo en cuenta que «los antecedentes penales que, por delito contra la seguridad vial, entre ellos un delito de conducción temeraria, tiene el investigado, antecedentes que también evidencian un riesgo de reiteración delictiva de quedar en libertad». Bedia recurrió la decisión y el juez le puso en libertad. Barroso aún sigue en prisión provisional en El Dueso.
El auto de la Audiencia Provincial es firme, ya que contra el mismo no cabe interponer recurso alguno.
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