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Trabajos de creación del carril bus Javier Cotera
El juzgado rechaza el recurso que pedía la anulación del carril bus de Santander

El juzgado rechaza el recurso que pedía la anulación del carril bus de Santander

El abogado demandante alegaba el incumplimiento de la normativa del Plan General pero el magistrado acaba rechazando el recurso por una cuestión procedimental

DM .

Santander

Jueves, 27 de diciembre 2018, 07:47

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Santander no ha admitido el recurso que pedía la anulación del carril bus en Santander. La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, se puede recurrir y responde al recurso que planteó un abogado de Santander después de que el Ayuntamiento desestimara una denuncia urbanística en la que solicitaba la anulación del carril bus por el incumplimiento de la normativa del Plan General en el proyecto de obras para la implantación del Metro Tus.

El abogado destacaba la supresión de 40 plazas de aparcamiento de coches y cien de motos y entendía que se había podido vulnerar la ley de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas y la ley de tráfico.

El Ayuntamiento, por su parte, pedía al juez que no admitiera el recurso por falta de legitimación activa del recurrente y porque, a su juicio, se había planteado contra un acto administrativo que no era susceptible de recurso.

El juez no lo ve así y considera, en primer lugar, que hay legitimación activa porque la presentación de la denuncia entra dentro de «un ejercicio razonable de la acción pública urbanística» y porque además quien interpuso el recurso ha actuado «con la legitimación que le asiste». También entiende el magistrado que el acto administrativo era recurrible.

Sin embargo, sí que acepta un tercer argumento que esgrimió el Ayuntamiento para que no se aceptara el recurso y apunta que ha habido desviación procesal, ya que el recurso en sede judicial se aludía al acuerdo de la Junta de Gobierno que aprobó la construcción del Metro Tus en vez de haberse dirigido a la resolución municipal que en febrero denegaba la demanda del abogada contra el carril.

El juez destaca que «puede apreciarse la divergencia advertida por la Administración», que tiene «entidad suficiente» como para la no aceptación del recurso.

El magistrado enfatiza así que no es posible, por la vía de la valoración de la no admisión de la denuncia urbanística en febrero de este año, «entrar a valorar ahora» si el acuerdo de implantación del Metro Tus, adoptado año y medio antes, fue o no ajustado a derecho. Y recalca que todo esto «excede los hechos» en su día denunciados.

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