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Hace más de dos años que el PRC llevó al Pleno de Santander una moción en la que proponía convertir el edificio Rema, junto a la playa de El Sardinero, en un centro de surf. Toda la Corporación se mostró a favor de esta ... idea y así se lo trasladaron al Ministerio para la Transición Ecológica con la intención de que les cedieran este inmueble y poder transformarlo. Pero, aunque el Ayuntamiento está inmerso desde marzo en la redacción de una modificación puntual del Plan General (PGOU) para poder actuar en el Rema, desde el Ministerio acaban de rechazar su petición de calificarlo como equipamiento deportivo porque, según exponen, «no es compatible con la normativa de Costas».
Tras analizar la documentación aportada por el Consistorio, el Ministerio, a través de la Dirección General de la Costa y el Mar, apunta que el ámbito de la modificación puntual «no queda claramente definido en los planos aportados» y que deben subsanarse. El texto ministerial también recoge que el Rema se sitúa sobre terrenos de dominio público marítimo-terrestre, un bien demanial que se rige por los principios constitucionales de imprescriptibilidad, inalienabilidad e inembargabilidad y por lo que su integración al planteamiento urbanístico exige «una especial cautela».
A esto se suma que en el régimen de utilización del dominio público marítimo-terrestre recogido en la Ley de Costas se distinguen dos usos: el que no requiere obras (pasear, bañarse, embarcar, pescar...) y el que sí. Pero este segundo uso no se otorga a través de la calificación urbanística en la tramitación del Plan General, sino a través del procedimiento establecido en la Ley de Costas que sólo puede desarrollar la propia Administración del Estado. Por tanto, el único uso que puede otorgar un PGOU es el que no requiere obras -siempre según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica-. Por todo esto, concluyen que la calificación de equipamiento deportivo «resulta incompatible» con la normativa de Costas.
La construcción del restaurante Rema procede de una concesión otorgada por una Orden Ministerial de 1993 con una duración de 20 años. Tras su extinción, su explotación salió a concurso y se adjudicó de nuevo como bar-restaurante, pero fue en 2018 cuando el Ayuntamiento denegó la concesión. Por su situación fuera de ordenación, el Ministerio decidió demolerlo salvo que el Consistorio, en un plazo de seis meses, aprobase una modificación del planteamiento urbanístico para mantenerlo. Al no tener constancia de ninguna actuación, se redactó un proyecto de demolición que se paralizó tras la petición de abrir el centro de surf.
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