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El hombre que fue denunciado por un caso de sumisión química en Santander que después la jueza descartó pedirá una pena de al menos cuatro años de cárcel y una indemnización de 250.000 euros por denuncia falsa y daños morales a la chica que ... lo denunció y al amigo que corroboró el relato de ella.
Según ha adelantado a este periódico Fernando Pamos de la Hoz, letrado del ahora denunciante, una vez que la Audiencia Provincial de Cantabria confirme el archivo de la denuncia de la chica –decisión que da por hecho–, será cuando reclame tanto esos cuatro años de cárcel, «como mínimo», como la indemnización «por los gravísimos daños morales, de imagen, familiares y de toda índole causados». «Una denuncia falsa como esa supone la muerte civil», asevera el letrado.
Para que llegue ese momento era necesario que la instructora del caso resolviera el recurso de reforma de la chica y ayer dio a conocer que lo ha rechazado, al igual que el recurso que presentó la Fiscalía, que, aunque está de acuerdo con la decisión de la jueza de archivar la denuncia, entiende que el caso tenía que haberse tramite como un procedimiento sumario y no un procedimiento abreviado.
En un auto emitido el pasado 20 de diciembre, la magistrada García da por reproducida la resolución con la que archivó la denuncia de la chica, y que se sustentaba en las testificales, el atestado de la Policía Nacional y los informes forenses.
Además, da respuesta a cada uno de los alegatos de la denunciante. En cuanto a la falta de diligencias, «creemos honestamente que la instrucción practicada ha sido exquisita, se han practicado todas aquellas diligencias tendentes a esclarecer el hecho, y no creemos que se pueda acusar al juzgado de falta de práctica de diligencias ni de archivar la causa sin antes haber indagado y haber desarrollado toda la actividad de investigación que el caso merecía».
En lo relativo a la identificación del investigado, la instructora señala que la denunciante vuelve a ofrecer su versión de lo ocurrido y cómo recuperó la memoria progresivamente gracias en parte a los encuentros fortuitos con denunciado que le generaron crisis de ansiedad, «pero ya hemos visto como tanto los testigos como los informes forenses desmienten estos argumentos, ya que al día siguiente, la denunciante ya comentó con varias personas que 'se había acostado con el míster y la tenía pequeña', por lo que sí conocía la identidad de esta persona, y no parecía tener lagunas, y así lo corroboran los dos últimos informes médico forenses unidos en la causa».
En cuanto a la credibilidad o no de los testigos, la instructora aclara que cuando se acordaron dichas testificales «la denunciante no recurrió dichas resoluciones ni se recusaron a los mismos». «Todos son compañeros de la misma empresa (Tecnocasa), pero su objetividad e imparcialidad no se ha puesto en duda, y a juicio de esta magistrada han resultado veraces, y con sus testimonios lo que hacen es restar la credibilidad a la denunciante, no por estar presentes en la habitación donde según la víctima sucedieron los hechos, sino porque desmienten el relato de hechos que ella ofrece y evidencian que ha faltado a la verdad, tanto en cuanto al hecho denunciado como a las circunstancias que lo rodearon y que sirven para dotar o no de credibilidad al testimonio de la presunta víctima».
Por otro lado, la jueza considera que los informes médicos de la causa «son más que suficientes y no es preciso la práctica de ningún otro» y cree que la circunstancia de que la denunciante sea donante de sangre «no implica ni lo cierto de su denuncia ni la falsedad, ya que es un dato ajeno que carece de relevancia, al no excluir que pueda ser consumidora esporádica de sustancias».
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