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Tras muchos meses –incluso años– de intentos por parte de la oposición y Cs, el reglamento orgánico del Pleno del Ayuntamiento de Santander ya está modificado e incluye las comisiones de investigación. No ha sido motivo de celebración entre los grupos que lo ... han impulsado, pues su aprobación está llena de interrogantes. El primero, a los pies de la propia publicación que se recogió este miércoles en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) y que reza que «contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) en el plazo de dos meses a partir del día siguiente (hoy)». Aparte, el PP ya presentó un recurso basándose en el informe «desfavorable» del secretario del Pleno, quien apuntaba que faltaban informes y actas –algo que el resto de grupos asegura que ya existe– necesarios para su aprobación. Sin embargo, como aún no se han tomado medidas cautelares, se podrá solicitar la celebración de comisiones de investigación hasta que el juez se pronuncie.
Hay otro detalle que preocupa a la oposición y a Cs. En el BOC de este miércoles se contempla la aprobación definitiva de la modificación del Pleno. Pero este tipo de iniciativas requieren una doble aprobación: una inicial –con un periodo de alegaciones– y después la definitiva. Saltarse esto puede llevar a la nulidad del acuerdo, algo que trataron de evitar los grupos impulsores. Cuando supieron que el acuerdo se enviaría directamente al Gobierno de Cantabria y a la Delegación de Gobierno para su aprobación, presentaron un escrito a Alcaldía y a Secretaría para tratar de evitarlo, ya que eso suponía aprobarlo definitivamente en vez de inicialmente, un trámite erróneo. Sólo recibieron la respuesta de Secretaría, desde donde aseguraban que subsanarlo excede sus competencias. Aunque los grupos advirtieron de este fallo el 26 de enero, el texto no se modificó y se ha publicado con el error.
Este jueves se celebrará una comisión de Participación Ciudadana en la que se aprobarán tres actas relacionadas con esta modificación del reglamento del Pleno y que todos los grupos excepto el PP aprovecharán para pedir explicaciones sobre la tramitación.
Tras la publicación de la modificación en el BOC, el apartado referente a las comisiones de investigación del artículo 60 del reglamento queda así: «Las comisiones de investigación se podrán crear por mayoría simple del Pleno a propuesta de la Alcaldía, de la Junta de Gobierno Local o de un grupo municipal. Sus sesiones serán públicas salvo que el Pleno acuerde lo contrario. La propuesta deberá concretar el objeto de investigación, el área o áreas de gobierno que pudieran resultar afectadas y la forma de elección de la Presidencia de la comisión. Al término de los trabajos, se elaborarán unas conclusiones que se reflejarán en el informe que habrá de ser debatido y votado en el Pleno».
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